El Juzgado de Primera Instancia Nº 1 del fuero Contencioso Administrativo, Tributario y de las Relaciones de Consumo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a cargo de la Dra. Romina Tesone, Secretaría N° 1, a cargo del Dr. Federico M. Apostolidis, con asiento en Avda. de Mayo 654, piso 7, contrafrente, de esta ciudad (correo electrónico juz1sec1cayt@jusbaires.gob.ar), en el marco de los autos caratulados “Nino, Ezequiel c/ Facturación y Cobranza de los Efectores Públicos S.E. (FACOEP S.E.) s/ acceso a la información (incluye ley 104 y ambiental)” (expte. EXP 125116/2025-0), en función de lo establecido en el Acuerdo Plenario N° 4/2016 y en la Resolución N° 116/2013.
Se hace saber la existencia y características del citado proceso en trámite ante este Juzgado, con el objeto de hacer saber a las personas interesadas que – en el plazo de cinco (5) días– podrán presentarse en autos a los efectos de intervenir en el proceso y que el expediente se encuentra disponible para su consulta a través del sistema informático “EJE”. Asimismo, se informa que solo serán admitidas aquellas presentaciones que contengan un aporte sustancial a los planteos jurídicos o fácticos contenidos en el escrito inicial y no resulten una mera reiteración de los argumentos que ya han sido planteados en autos.
A tal fin, se informa lo siguiente:
I. Partes:
Parte actora: Ezequiel Nino.
Parte demandada: Sociedad del Estado Facturación y Cobranza de Efectores Públicos Sociedad del Estado (FACOEP S.E.).
II. Objeto:
Se pretende que FACOEP S.E. cese en la omisión ilegal y arbitraria de cumplir con las obligaciones de transparencia activa impuestas por el artículo 18 de la ley 104. En particular, se solicita que se condene a la demandada a publicar, en su sitio web oficial, la información detallada en los incisos b), c), d), e), f), g) h), j), k), l) y m) del citado artículo 118 de la ley 104. Sostiene que la omisión incurrida por FACOEP S.E. afecta el derecho de acceso a la información pública reconocido por la Constitución de la Ciudad y por tratados internacionales con jerarquía constitucional.
III. Estado procesal:
El expediente se encuentra en etapa inicial, aún no se ha ordenado correr traslado de la demanda.