Proceso Colectivo del Juzgado Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo N° 15

Por el 24 de octubre de 2023

El Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo y Tributario Nº 15 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sito en Av. de Mayo nº 654, 3º piso frente, de esta Ciudad, a cargo del Dr. Víctor Rodolfo Trionfetti, Secretaría N° 30, a cargo del Dr. Juan Cruz Rotelle, de conformidad con lo previsto en los artículos 131 y 132 del Código Contencioso Administrativo y Tributario de la CABA (texto consolidado por la ley 6588), hace saber la existencia, objeto y estado procesal del amparo colectivo caratulado “ASOCIACION CIVIL OBSERVATORIO DEL DERECHO A LA CIUDAD CONTRA GCBA SOBRE AMPARO – AMBIENTAL” Número: EXP 372255/2022-0, y otorga a todas aquellas personas que tengan un interés jurídico relevante en integrar el pleito, tanto como parte del frente actor como del demandado y, en particular, a quienes residan en calidad de vecinos en la zona del inmueble sito en Avenida Córdoba N° 2222/26 de ésta Ciudad, el plazo de diez (10) días para que se presenten, constituyan domicilio y manifiesten lo que por derecho corresponda, bajo apercibimiento de continuar el juicio según su estado.

En el marco de lo ordenado, se hace saber que el frente actor está compuesto por ASOCIACIÓN CIVIL OBSERVATORIO DEL DERECHO A LA CIUDAD y que la parte demandada es el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

En cuanto al objeto de la causa se encuentra dirigido a que: “A. Se declare la inconstitucionalidad y nulidad de la decisión de la venta del inmueble del GCBA sito en la Av. Córdoba N° 2222/6 y, en su caso, de la venta de este inmueble, realizada por mandato de la Ley N° 4264, de la Ley N° 6138, del Decreto N° 50/2019 y demás normas dictadas en consecuencia, por ser contraria al destino que establece el Plan Urbano Ambiental para los inmuebles públicos y por no haber realizado instancias de participación ciudadana para la decisión de la venta y del destino otorgado a este inmueble”. “B. Se ordene interrumpir el proceso de enajenación y de subasta pública del inmueble del GCBA sito en la Av. Córdoba N° 2222/6”. Con dicho fundamento, también se solicitó cautelarmente que “se ordene la suspensión del proceso de enajenación y de subasta pública del inmueble del GCBA sito en la Av. Córdoba N° 2222/6.

Respecto del estado procesal de la causa, el 5 de diciembre de 2022, a través de la actuación nº 3562349/2022, se dispuso: “1) Ordenar preventivamente la anotación de litis del inmueble del GCBA sito en la Av. Córdoba N° 2222/6 (nomenclatura catastral: circunscripción 11, sección 9, manzana 49, parcela 4) matrícula FR 11-1907, de acuerdo a lo expresado en el considerando “IV” (…)”. Luego se solicitaron diversas medidas relativas al resultado de la subasta pública que tuvo por objeto la enajenación del bien inmueble antes mencionado y, en particular, si hubo oferente y en su caso, el nombre y domicilio del mismo. En lo que aquí interesa, se hizo informó que la subasta en cuestión se encontraba aprobada y que el oferente resultó ser el Sr. Roberto Pablo Olivares, a quien se le hizo saber la existencia de la presente causa, sin que se presentara –al momento de la confección del presente- en estos actuados. El 11 de septiembre del corriente año, a través de la actuación n° 2084456/2023 se resolvió en lo que aquí interesa, que el pedido cautelar del escrito inicial había perdido virtualidad. Asimismo, se pone en conocimiento que aún no se ha corrido traslado de la demanda al GCBA y que interviene la Unidad Especializada en Litigios Complejos del Ministerio Público Fiscal.

Se hace saber que las presentaciones deberán ser ingresadas a través del “Portal del Litigante”. Los interesados deberán tener en cuenta que este proceso colectivo tramita como una acción de amparo y que deberán presentarse con patrocinio letrado y constituir domicilio electrónico (cfr. arts. 36 y 52 del CCAyT -t.o. ley 6588). A su vez, deberán indicar de modo claro y concreto cuál es su posición jurídica respecto de la pretensión original y en qué calidad desean integrar el frente. Todos los escritos presentados, así como las providencias y resoluciones que se dicten en consecuencia, podrán ser consultados en el portal de internet https://eje.juscaba.gob.ar/, cuyo contenido es público y está a disposición en formato digital.

Asimismo, se hace saber que en el caso de los escritos incorporados a través del Portal del Litigante (https://eje.juscaba.gob.ar/iol-ui/p/inicio) cuentan, ante cualquier inconveniente, con la Oficina de Defensa del Litigante, llamando al 4008-0216, o vía correo electrónico a odl@jusbaires.gob.ar (https://litigante.jusbaires.gob.ar/home).

También corresponde precisar que las eventuales presentaciones que pudieran hacer otros sujetos, cualquiera sea su naturaleza y contenido, tramitarán por incidente de acompañamiento a fin de no complejizar la gestión del expediente principal.