Proceso Colectivo del Juzgado en lo Contencioso Administrativo y Tributario N°20

Por el 18 de agosto de 2022


El Juzgado de Primera Instancia Contencioso Administrativo y Tributario N° 20 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sito en avenida presidente Roque Sáenz Peña 636, 7° piso, a cargo de la Dra. Cecilia Mólica Lourido, Secretaría N° 40, a cargo de la Dra. María Victoria Bergara, de conformidad con lo previsto en los artículos 129 y 130 del CCAyT y en el marco de los autos “Secretaría de Derechos Humanos de la Nación y otros contra GCBA sobre amparo – otros”, expediente EXP 275.412/2022-0 pone en conocimiento la existencia de los autos de referencia a fin de que todas aquellas personas que tengan un interés jurídico relevante, en el plazo de diez (10) días hábiles judiciales, efectúen las presentaciones que estimen pertinentes y manifiesten lo que por derecho corresponda.

Los interesados deberán tener en cuenta que el referido proceso colectivo tramita como una acción de amparo y el estado en el que se encuentra su trámite. Asimismo, deberán indicar de modo claro y concreto cuál es su contribución sustancial novedosa. Serán rechazadas in limine las presentaciones que reiteren lo ya argumentado en el escrito de inicio y que no importen una contribución sustancial al desarrollo del proceso por su pertinencia con el objeto de debate y su relevancia para la decisión del caso. A tal fin, el presentante deberá indicar de modo claro y concreto cuál es su contribución sustancial novedosa. El plazo de diez (10) días hábiles otorgado para presentarse comenzará a correr desde la última publicación del edicto en el Boletín
Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Las presentaciones deberán ser efectuadas mediante el sistema informático “EJE”.

Se pone en conocimiento que la acción de amparo promovida tiene por objeto que se ordene al GCBA que cese con sus acciones discriminatorias de hostigamiento, amenazas, robos y violencia institucional contra las personas en situación de calle de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y, asimismo, obtener un pronunciamiento que marque pautas de acción generales para las fuerzas de seguridad y agentes del Gobierno de la C.A.B.A. de modo de prevenir futuros abusos.

En cuanto al estado procesal de las actuaciones, se hace saber que se le imprimió carácter colectivo, se ordenó su difusión y aún no se ha ordenado el traslado de la demanda. Asimismo, se hace saber que con fecha 12 de agosto de 2022 se requirió el dictado de una medida cautelar tendiente a que se suspenda cualquier desalojo de personas en situación de calle sin orden judicial, así como la incautación administrativa o de facto de las pertenencias del referido colectivo.

El expediente de referencia podrá ser consultado en la página web: https://eje.juscaba.gob.ar/iol-ui/p/inicio. Ciudad de Buenos Aires.