Conflicto de competencia: devuelve causa a la justicia civil e invita al juez que la remita al TSJ
La justicia porteña dispuso devolver una causa al juzgado Civil con asiento en la Ciudad; y lo invitó a que, de ratificar su postura, la remita al Tribunal Superior de Justicia para su resolución
El titular del juzgado n.° 5 en lo Contencioso Administrativo y Tributario, Martín Converset, rechazó la atribución de competencia efectuada por un juez de primera instancia en lo Civil, con asiento en la Ciudad de Buenos Aires y devolvió las actuaciones al juzgado de dicho fuero, a la vez que invitó a su titular a que, en caso de mantener su postura, remita la causa al Tribunal Superior de Justicia porteño, para que dirima el conflicto de competencia. Todo ello en el marco de la causa «GCBA contra Sr. Propietario Gavilán XXX sobre Ejecución Fiscal – ABL – Pequeños Contribuyentes».
El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires promovió ejecución fiscal ante el fuero Civil de la Ciudad, contra el propietario del inmueble de esta ciudad. Una vez individualizados los demandados y librado el mandamiento de notificación de la intimación de pago, se allanaron parcialmente a la ejecución e interpusieron las excepciones de pago y de prescripción respecto al avalúo reclamado. La actora se opuso al allanamiento y a las excepciones planteadas, y solicitó su rechazo. El juez en lo Civil hizo lugar a la excepción de pago parcial, y rechazó la excepción de prescripción opuesta. Asimismo, mandó llevar adelante la ejecución. Luego, de varios años y estando el expediente en el archivo, la demandada interpuso la prescripción de la sentencia. A raíz de ese planteo, el magistrado en lo Civil se declaró incompetente y remitió las actuaciones a este fuero.
El magistrado porteño resolvió devolver las actuaciones a la Justicia Civil de la Ciudad de Buenos Aires, y de conformidad con el reciente precedente de la CSJN «Bazán, Fernando s/ amenazas» (sentencia del 4/4/19), invitó al juez Civil, que de ratificar su postura la remita al Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad.
Dicha solución, a su vez, resultó conforme lo decidido por el tribunal de la Nación en los fallos «Corrales», «Sapienza», «Mizrahi» y «Jose Marmol», los cuales fueron signando un derrotero que culminó con un reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires, destacando que «el carácter nacional de los tribunales ordinarios de la Capital Federal es meramente transitorio» y que «las competencias que actualmente ejerce la justicia nacional ordinaria, que vale reiterar, no son federales, deben ser transferidas a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires».
Por último, recordó que la Corte Suprema dispuso expresamente que «de ahora en más, será el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el órgano encargado de conocer en los conflictos de competencia que se susciten -como en el caso- entre dos órganos jurisdiccionales con competencia no federal con asiento en esa ciudad».-