Amparo para prohibir instalación de comercios en Tronador 1791
El titular del Juzgado en lo Contencioso Administrativo y Tributario n. º 17, Marcelo Segón, en el marco de los autos caratulados «Lynch Juan Manuel Patricio y otros c/GCBA s/amparo – suspensión de obras», expediente n° A1571/2018-0 en trámite por ante la Secretaría n.º 33 -a cargo del Dr. Juan Esteban Scasso-, difunde la existencia, objeto y estado procesal del amparo de referencia.
La misma fue interpuesta por Juan Manuel Patricio Lynch y Patricia Renée Acuña Dalvit, por derecho propio, contra el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, cuyo objeto es la emisión de orden de prohibición de instalación de una serie de locales comerciales en el inmueble sito en la calle Tronador n.º 1791 esquina La Pampa de esta Ciudad, invocando que el mismo se encuentra en una Zonificación U 28, y teniendo en cuenta lo establecido en el Código de Planeamiento Urbano al respecto; solicitando además retrotraer el inmueble al estado anterior con respecto a la construcción alterada, con demolición y desarme de estructuras metálicas, ventanas y aperturas de puertas.
A su vez, se requiere se determine la responsabilidad de las autoridades del GCBA por su alegado accionar negligente y culpable, al permitir por omisión la instalación, construcción y puesta en funcionamiento de diversos locales y, eventualmente, autorización o habilitación para funcionar.