Rechazan medida cautelar por recuperación de días de clases

Por el 4 de agosto de 2015
Lo decidió el titular del juzgado en lo Contencioso Administrativo y Tributario N°19, Juan Gustavo Corvalán, tras la solicitud de suspensión de la recuperación de los días de clases perdidos por una toma estudiantil. La iniciativa había sido establecida por el Gobierno de la Ciudad. Gremios docentes reclamaban que se no se aplicara durante el receso invernal.

El último 19 de julio el juez Juan Gustavo Corvalán resolvió rechazar el pedido de una medida cautelar impulsada por representantes de la Unión de Trabajadores de Educación y de la Unión Docente Argentinos, quienes solicitaban desestimar la recuperación, durante el receso invernal, de los días de clase perdidos por la toma.

El Gobierno de la Ciudad había dispuesto compensar los días afectados por la toma entre el lunes 20 y el viernes 31 de julio. Los docentes consideraron que “el receso invernal se encuentra regulado en la Agenda Educativa Docente, que es dispuesta por Resolución Ministerial y que es dicha agenda la que fija de manera taxativa todas las fechas importantes y relevantes para el desarrollo del ciclo lectivo de escuelas públicas y privadas”. Al mismo tiempo, manifestaron que el proceder del GCBA resultó ilegítimo y vulneró “sus derechos adquiridos al receso escolar el cual goza de la protección del artículo 17 de la Constitución Nacional”.

El juez no hizo lugar al planteo tras considerar que “la licencia anual ordinaria de los docentes se goza, por regla general, en un período distinto al previsto como ‘receso invernal’”. A su vez, Corvalán enfatizó que las disposiciones y resoluciones dictadas por el Gobierno de la Ciudad con el objetivo de asegurar el cumplimiento de los días mínimos de clase “se orientarían a recuperar las clases perdidas a los fines de no afectar el cronograma de tareas diseñadas para ese año lectivo”. Por lo tanto, con esta medida de recuperación de clases se pretende “efectivizar el derecho a aprender de los alumnos que asisten a los mencionados establecimientos educativos conforme al derecho vigente”.