El Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo y Tributario Nº 5, interinamente a cargo de la Dra. Natalia Tanno, Secretaría N° 10, sito en Av. De Mayo 654, 8° piso –contrafrente–, juzcayt5@jusbaires.gov.ar, de esta Ciudad, en el marco de los autos caratulados “Valera, Cecilia Laura y otros Contra GCBA Sobre Amparo- Empleo Público – otros” (Expte. 70795/2024-0) y sus acumulados “Asociación de Abogados y Profesionales Universitarios de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires y otros c/ GCBA s/ Amparo – Empleo Público – otros” (Expte. 72785/2024-0), “Colegio Público de Abogados de la Capital Federal c/ GCBA s/ Amparo – otros” (Expte. 76592/2024-0) y “Asociación de Mandatarios Judiciales del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires c/ GCBA y otros s/ amparo – impugnación – inconstitucionalidad” (Expte. 230028/2025-0), hace saber:
Que las demandas incoadas en el expediente principal y sus acumulados se dirigen contra el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el objeto se circunscribe en «…la declaración de inconstitucionalidad e inconvencionalidad de los artículos 1°, 9°, 10, 14, 19, 21 y 22 del decreto 202/2024, del artículo 10 de la ley 6842 y de los artículos 3° y 6° de la ley 6843» (cfr. actuación 335802/2026).
Todas aquellas personas que pudieran tener un interés en el resultado del litigio, el plazo de cinco (5) días para que se presenten en el expediente, constituyan domicilio y manifiesten lo que por derecho corresponda, bajo apercibimiento de continuar el juicio según su estado, y sin perjuicio de lo previsto en el artículo 86 y ss. del CCAyT (cfr. art. 28 de la ley 2145). En este sentido, se hace saber que las eventuales presentaciones que se efectúen serán admitidas solamente si poseen una argumentación propia, que aporte fundamentos que no hayan sido plasmados por la parte actora o la demandada, cuyo contenido persuada a este tribunal de que su incorporación supone una contribución sustancial al desarrollo del proceso por su pertinencia al objeto de debate y su relevancia para la decisión del caso.


