Edicto del Juzgado n.° 22 en lo Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo

Por el 17 de mayo de 2021

El Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo y Tributario n.° 22 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sito en la Av. Roque Saenz Peña 636, entrepiso, de la CABA, a cargo de la Dra. María Rosa Cilurzo, Secretaría n.° 44 a cargo interinamente de la Dra. María Luján Lucena, de conformidad con lo previsto en los arts. 129 y 130 del Código Contencioso Administrativo y Tributario de la CABA (Ley N° 189) hace saber la existencia, objeto y estado procesal del presente proceso colectivo caratulado «Asociación Civil Observatorio del Derecho a la Ciudad y otros contra GCBA sobre Amparo – Otros» (Expte. n.° 118955/2021-0).

Asimismo, comunica que se otorga a todas aquellas personas que tengan un interés jurídico relevante en integrar el proceso, ya sea como parte actora o demandada, el plazo de diez (10) días para que se presenten en autos y manifiesten lo que estimen corresponder, bajo apercibimiento de continuar el juicio según su estado. A tal efecto, se hace saber que el plazo antes indicado comenzará a correr a partir de la última publicación de los edictos ordenados en la providencia obrante en la Actuación n.° 796747/2021, del 10/05/2021, y que todas las presentaciones deberán efectuarse en este proceso y a través del «Portal del litigante».

A tal fin, se hace saber que el expediente mencionado fue iniciado con el fin que se declare la inconstitucionalidad y nulidad de la autorización legislativa dada a través de la Ley n.° 6.287, a la venta de numerosos inmuebles del GCBA individualizados en el Anexo I de la referida ley, y de la normativa que se dictó en consecuencia, por ser contraria a los artículos n.° 1, n.° 63 de la Constitución de la Ciudad, y arts. 22 y 25 de la Ley n.° 2.930 del Plan Urbano Ambiental. Así como también a fin de que se ordene interrumpir el proceso de enajenación y de subasta pública de los numerosos inmuebles del GCBA individualizados en el Anexo I de la Ley n.° 6.287.

Asimismo, se informa que mediante Resolución de fecha 10/05/2021, obrante en la Actuación n.° 798942/2021, se decidió circunscribir el objeto de la presente acción de amparo únicamente a los inmuebles enumerados en el Anexo I de la Ley n.° 6287, el cual se halla adjunto a la Actuación n.° 782449/2021, la que podrá ser consultada a través de la página web https://eje.juscaba.gob.ar. Respecto del estado procesal de estas actuaciones se deja constancia que se encuentra en etapa inicial y que aún no se ordenó el traslado de demanda.

Ciudad de Buenos Aires, 14 de mayo de 2021.-