Correa expuso en el Segundo Ciclo sobre «Transferencia de competencias y proceso penal»

Por el 23 de junio de 2021

Lo hizo como capacitadora del encuentro organizado por el Presidente Coordinador de la Comisión de Transferencia del Poder Judicial de la Nación y del Ministerio Público de la Nación a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Gonzalo Rua y el Centro de Formación Judicial

La consejera y titular del Juzgado Penal, Contravencional y de Faltas n.° 28 de la Ciudad de Buenos Aires, Julia Correa, participó del ciclo de charlas “Transferencia de competencias y proceso penal.Aspectos relevantes”, este martes 22 desde las 15.30 hs en forma virtual transmitido a través del canal de Youtube del CFJ, con más de 170 asistentes.

La consejera juez comenzó la capacitación subrayando que «cuando se habla de incumplimiento de los deberes de asistencia familiar tenemos dos tipos de casos: uno, los de acción pública, que tiene que ver con niños, que están en el medio de este conflicto donde uno de los padres no abona lo que debería en concepto de alimentos, y el otro de acción privada, que es cuando la divorciada reclama alimentos al ex-marido o ex-pareja en tanto que durante el matrimonio tuvo una causal que le impidiera trabajar, alguna discapacidad o enfermedad preexistente, eso es en la Ley 13.944 respecto a alimentos».

«En un caso de mi juzgado una persona que tenía una condena de prisión en suspenso arregló en una 13.944 un advenimiento con una pena de multa, el juzgado en su momento rechazó el acuerdo porque iba a ser la segunda condena, entendió que el advenimiento no podía ser solo por la multa sino que había que revocar la pena condicional y hacérsela cumplir efectiva mas la multa. La cámara confirmó lo que resolvió el juzgado y la causa continuó», relató la magistrada. Y agregó «¿qué pasa con las fiscalías a veces? como saben que estos delitos son permanentes, generalmente mientras piden prueba o van interviniendo, las causas se van demorando; al ser delitos permanentes cada incumplimiento lo que lleva es a que la causa no prescriba». 

Al contar como prosiguió la causa Correa  sostuvo que: «cuando esto fue a Cámara y al Tribunal Superior de Justicia, revocaron mi decisión diciendo que era un delito permanente y hasta la mayoría de edad o a partir de la mayoría de edad al contar el plazo de prescripción o que hubieran cesado los motivos por los que se investigaba, no correspondía prescribir este tipo de delitos». 

Finalmente la jueza confirmó que «ahora el Tribunal Superior de Justicia con la nueva composición ha dicho que el criterio tiene que ser como el que yo en su momento expuse». «Porque no pueden estas causas investigarse lentamente, ya que son mujeres u hombres y niños que necesitan que su ex-pareja cumpla con los alimentos. Entonces no corresponde que el Estado se retrase o las fiscalías, sino que debe rápidamente actuar y elevar la causa a juicio y llegar a una solución: una solución alternativa o una sanción de condena», concluyó la consejera.-