Conversatorio internacional sobre el Acuerdo de Escazú

Por el 20 de noviembre de 2020

Se realizó con la participación de especialistas latinoamericanos y fue organizado por la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad Nacional de Lomas de Zamora

Este jueves 19, desde las 19:30, el presidente de la Sala III de la Cámara de Apelaciones en lo Penal, Penal Juvenil, Contravencional y de Faltas de la Ciudad de Buenos Aires, Jorge Franza, protagonizó con su exposición y su coordinación un conversatorio internacional con académicos de Ecuador, Perú y México, que convocó a más de 80 participantes en modo virtual. Fue precisamente el magistrado argentino, quien dio la bienvenida y brindó el puntapié inicial en el desarrollo del encuentro latinoamericano.

En su exposición, señaló que «Escazú es un piso, y no un techo«. Acerca del avance en nuestro país,  recordó que «se aprobaron dos leyes ambientales, una es la ‘Ley Yolanda‘ (Ley de Educación Ambiental), por la que todas las universidades tienen que dar educación ambiental en todas las carreras. Con esta nueva Ley, nos van a obligar a hacer un curso de educación ambiental con el concepto de desarrollo sustentable, gestión de residuos sólidos, cambio climático, problemáticas ambientales, recursos naturales, eficiencia energética, derecho ambiental y economía circular». «Por otro lado, se sancionó una ley que protege los ecosistemas de los incendios accidentales e intencionales y prohíben la venta de terrenos incendiados por plazos que van entre 30 a 50 años», completó. Indicó luego que «sin educación ambiental la gente no se informa, no participa, ni va a la justicia». «Entonces, educación, información, participación y libre acceso a la jurisdicción, eso es lo que está conjugando Argentina con la Ley de Educación Ambiental y con el Acuerdo de Escazú».

Yendo al análisis del flamante tratado regional, advirtió que «Escazú no se inventó de la nada. Es la reglamentación del Principio 10 de la Declaración de Río del 92, y no de Río+20 del 2012″. Agregó que «fue un proceso participativo, el público tuvo importancia; y entre todos los países, sobre todo la CEPAL -protagonista de este acuerdo- que trata de formalizar las capacidades de cooperación y el reconocimiento de los notables progresos y los desafíos pendientes». Subrayó que el Congreso lo aprobó por unanimidad y adelantó que «hay un deseo parlamentario, que lo eleven a jerarquía constitucional«.

Para el juez, una de las ventajas del tratado es la aplicación vertical de los Estados hacia sus sociedades, porque «implica promover la cooperación Sur-Sur, no  Norte-Sur; Latinoamérica para los latinoamericanos, la ventaja es que prevee la estabilidad, previene conflictos, fortalece la reputación internacional y contribuye a obtener recursos para el fortalecimiento de capacidades». Remarcó además que «el acuerdo por un lado, y la Agenda 2030 van tomadas de la mano, y fijan los principios del nuevo derecho ambiental. Por eso hablamos de información, participación, acceso a la justicia, defensores ambientales, fortalecimiento y cooperación dentro del marco de los objetivos del desarrollo sustentable«.

Por último, Franza resaltó que «los principios que está creando Escazú son importantes y las soluciones son las normas implementadas y los procesos de regulación y simplificación». «Un hecho ambiental puede generar responsabilidad civil, responsabilidad penal y responsabilidad administrativa; entonces, el tema es garantizar los derechos de acceso, promover la sensibilización y la educación ambiental, el reforzamiento de los medios de inspección, el poder de policía, los mecanismos de coordinación y modificación del marco normativo, énfasis de prevención, participación y desarrollo», concluyó el magistrado.-