2 de agosto: En cumplimiento de lo dispuesto por la Sala I de la Cámara de Apelaciones, la justicia de primera instancia ordenó suspender la actividad de reparto de mercaderías y entrega de sustancias alimenticias a domicilio en ciclorodados o motovehículos a aquellas empresas que no hayan cumplido con lo prescripto en la ley 5526 y su reglamentación.
2 de agosto: En cumplimiento de lo dispuesto por la Sala I de la Cámara de Apelaciones, la justicia de primera instancia ordenó suspender la actividad de reparto de mercaderías y entrega de sustancias alimenticias a domicilio en ciclorodados o motovehículos a aquellas empresas que no hayan cumplido con lo prescripto en la ley 5526 y su reglamentación.
Leé la nota completa: Empresas de delivery: Ordenan suspender la actividad de las compañías de reparto en la Ciudad de Buenos Aires
En este ciclo de videos, accedé a las resoluciones judiciales que comunicamos y su posterior repercusión en los medios de comunicación.
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