Audiencia de conciliación: alumna de Danzas se lesionó, interrumpió su asistencia y recuperará su condición de regularidad

Por el 21 de noviembre de 2019

La justicia, tras la audiencia, declaró abstracto el amparo iniciado por los padres de una alumna de la Escuela Superior de Educación Artística en Danzas Aída Mastrazzi, que había quedado libre

La titular del juzgado n.º 6 en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires, Patricia López Vergara, declaró abstracto el amparo iniciado por los padres de una alumna de la Escuela Superior de Educación Artística en Danzas Aída Mastrazzi, con el objetivo que se deje sin efecto el informe dictado por la Dirección de dicho establecimiento, que dispuso la baja de su hija en el Registro de Asistencia, Libreta de Calificaciones y Calificadores. Todo ello en el marco de la causa “Grischinsky, Patricia Laura Andrea y otros contra GCBA sobre Amparo – Educación – Otros”, Exp. n.° 7535/2019-0.

Los amparistas solicitaron la continuidad de su hija en el establecimiento, dado que la adolescente se encontraba en condición de libre por las inasistencias producto de un accidente que «dificultó el progreso de su carrera artística».

Luego de celebrada la audiencia de conciliación, el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires informó que «dada la altura del ciclo lectivo y en pos de garantizar la finalización de los estudios del Nivel Medio junto al grupo escolar de pertenencia de la joven (…) [se] ha procedido a justificar las inasistencias de la alumna, por tal motivo, nuevamente pasa a tener condición de alumna regular».

La magistrada señaló que «de acuerdo al devenir del proceso, la acción ha perdido virtualidad en relación a la baja Z.N.Y.G. en los Registros de Asistencia, Libretas de Calificaciones y Calificadores de dicho establecimiento debido a que la Dirección General de Escuelas Normales y Artísticas ha justificado ‘(…) las inasistencias de la alumna, por tal motivo, nuevamente pasa a tener condición de alumna regular’«.

«Saber que enseñar no es transferir conocimiento, sino crear las posibilidades para su propia producción o construcción», fue el texto que eligió como epígrafe de la medida judicial dictada; en palabras del educador brasileño Paulo Freire, plasmadas en su obra «Pedagogía de la autonomía», editada en 2004.

Concorde con ello, la jueza exhortó a las autoridades de la Escuela a que realicen «todas las acciones de acompañamiento pedagógicos que sean necesarias para que Z.N.Y.G. pueda finalizar sus estudios». Ello, en base al evidente punto de conexión que este caso exhibe con la reflexión de Carlos Skliar –escritor especializado en literatura y pedagogía– al destacar que la maravilla de la tarea docente es apasionarse de las vidas singulares.

Por último, López Vergara indicó que «de acuerdo a lo ya resuelto por el GCBA y aceptado por la actora en función de lo convenido en la audiencia de conciliación celebrada en este juicio, Z.N.Y.G. deberá finalizar sus estudios con asistencia regular en todas las asignaturas del tramo del Bachillerato así como las materias teóricas del Trayecto Artístico«.-