Edicto del Juzgado N° 5 en lo Contencioso Administrativo y Tributario

Por el 3 de abril de 2017

El Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo y Tributario N° 5 de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a cargo del Dr. Martín Miguel Converset, Secretaría N° 9, a cargo de la Dra. Patricia Inés Bastidas, sito en Av. De Mayo 654, piso 8 de esta ciudad, dispuso en los autos caratulados: «Vera Gustavo Javier contra GCBA sobre Amparo – Patrimonio Cultural Histórico»,  Expte. A1457-2017/0, citar a todas aquellas personas que así lo deseen a presentarse en el expediente referido, constituir domicilio y manifestar lo que por derecho corresponda, en el plazo de diez (10) días. Asimismo, se les hace saber que las eventuales presentaciones que se efectúen serán admitidas solamente si aporta una argumentación propia, con fundamentos que no hayan sido plasmados en el escrito de demanda o su contestación, cuyo contenido persuada al tribunal de que su incorporación supone una contribución sustancial al desarrollo del proceso por su pertinencia al objeto de debate y su relevancia para la decisión del caso.

Se destaca que el plazo indicado, comenzará a correr a partir del día siguiente de la última publicación de estos edictos (cfr. art. 130 del CCAyT).

A tales efectos, se deja constancia que la acción de amparo se inició contra el Gobierno de la ciudad de Buenos Aires con el objeto de obtener la nulidad de todos los actos administrativos que autoricen «la realización de las obras de asfaltado o pavimento del Pasaje San Ireneo» como así también, que se ordene a la demandada la inmediata paralización de los trabajos de asfaltado o pavimentación que se hubieran llevado a cabo en el mentado pasaje, además de «la recomposición del ambiente dañado» a efectos de que, en forma paulatina, se «lleve al Pasaje San Ireneo a su estado original por tener sectores reparados con materiales distintos al empedrado y al adoquinado».

Respecto del estado procesal de estas actuaciones se deja constancia que se encuentran en estado inicial y que el 27 de marzo del corriente año se ordenó el traslado de la demanda.

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 28 días del mes de marzo de 2017. Publíquese por dos (2) días en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires (cfr. arts. 129 y 130 del CCAyT).