Sanción económica por incumplir orden sobre señalización de estacionamiento

Por el 14 de octubre de 2016

Ante la continuidad de señalización confusa en materia de estacionamiento prohibido y permitido en el polígono delimitado por la Av. Del Libertador y Av. Coronel Díaz y las calles Austria y Beruti, la justicia porteña impuso al titular de la cartera de Desarrollo Urbano y Transporte de la Ciudad una sanción económica. Según lo resuelto, se aplicará una multa de 500 pesos por cada día de demora en el cumplimiento de la orden judicial que dispuso la remoción de cartelería sobre acarreo en aceras derechas donde está permitido estacionar, su colocación en las izquierdas cuando corresponda, y la instalación de señales claras y precisas en cada cuadra, ante la diversidad de normas vigentes en la zona.

 

El juez Guillermo Scheibler, titular del juzgado N° 13 en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, rechazó el cumplimiento de sentencia alegado por la empresa Dakota S.A. –concesionaria del Sistema de Estacionamiento Tarifado y Controlado en el macro centro norte de la Ciudad-, y los argumentos expuestos por el Gobierno porteño, ante las órdenes dictadas en abril de 2015 a fin de que se cumpla con “la normativa vigente de señalización en materia estacionamiento de modo claro, completo e inequívoco, en el polígono delimitado por la Av. Del Libertador y Av. Coronel Díaz y las calles Austria y Beruti”, del barrio de Recoleta.

La sentencia dictada en autos no se encuentra cumplida y, por tanto, corresponde rechazar las presentaciones efectuadas por la parte demandada y hacer lugar al incumplimiento alegado por el amparista”, sostuvo el magistrado en su resolución firmada el pasado 7 de octubre. “Atento el tiempo transcurrido desde la manda judicial ordenada, toda vez que el plazo establecido al efecto se encuentra ampliamente vencido, corresponde hacer efectivo al apercibimiento allí dispuesto”, resolvió Scheibler imponiendo “una sanción conminatoria de quinientos pesos ($500) por cada día de demora en el cumplimiento de lo resuelto, la que se hará efectiva en la persona del Ministro de Desarrollo Urbano y Transporte”.

La manda judicial incumplida ordenaba al Gobierno porteño que, por sí o a través de sus concesionarios, “removiera la cartelería informativa sobre acarreo de automóviles —que representan una grúa transportando a un automóvil— emplazada en las aceras derechas o áreas en las que se encuentre permitido el estacionamiento y, en su caso, las colocara sobre las aceras izquierdas”;  y  “colocara —además de las respectivas señales de permitido o prohibido estacionar—  carteles informativos en cada cuadra que detallaran de modo claro y expreso el área en que rigen las normas particulares que surgen”.

De acuerdo a lo expuesto por el juez en los fundamentos de su resolución, “ni de las constancias acompañadas por DAKOTA SA ni de lo corroborado por el Tribunal surge que se haya dado cabal cumplimiento a lo dispuesto”.

Entre los incumplimientos corroborados por el magistrado, se detalla en la sentencia que no se encuentran debidamente señalizadas las cuadras correspondientes a la calle Sánchez de Bustamante (sobre dicha arteria rigen cuatro normas diferentes -prohibido estacionar acera izquierda entre Av. Libertador y Av. Las Heras; estacionamiento medido con tarjeta entre Av. Las Heras y Pacheco de Melo; permitido estacionar acera izquierda las 24 horas entre Pacheco de Melo y French; y prohibido estacionar acera izquierda las 24 horas entre French y Beruti).

También se menciona que sobre la calle Juncal, entre Sánchez de Bustamante y Billinghurst, se encuentra un cartel informativo que aclara “Permitido estacionar junto a la acera izquierda las 24 hs”, cuando “no solamente estaría permitido estacionar en la acera izquierda de la calle Juncal entre Bustamante y Billinghurst, sino también en la comprendida entre Bustamante y Austria, por lo que el cartel estaría dando a entender que tal permiso de estacionamiento es más acotado del que surge de la norma[…], lo que solo llevaría confusión a los vecinos”. “En esa misma calle, Juncal entre Sánchez de Bustamante y Billinghurst, pero sobre la acera derecha, se observa un cartel de Prohibido estacionar cuando tal prohibición no existiría”, se destaca en la resolución, agregando que “también se corroboró que en la calle Beruti, entre la calle Billinghurst y la Av. Coronel Díaz, sobre la acera derecha, se emplaza un cartel de Prohibido estacionar siendo que, de acuerdo a lo indicado, no lo estaría”.

“Una vez más, las señales informativas contrarían la normativa existente en perjuicio de los vecinos del barrio, en tanto se colocan carteles de Prohibido estacionar allí donde está permitido, restringiendo los lugares para estacionar autos o, como contrapartida, aumentando el acarreo de autos e imposición de multas sin sustento legal. Por tercera vez, la accionada deberá aclarar sobre tal circunstancia y, en su caso, rectificar la señalización allí existente”, concluyó el juez.