Ordenan difusión para el conocimiento ciudadano de un amparo contra la construcción de un edificio en Barrio Parque

Por el 24 de noviembre de 2015
Ante la presentación de un amparo de alcance colectivo impulsado por la Asociación Civil Vecinos de Barrio Parque y Palermo Chico contra la autorización de un proyecto de obra para la construcción de un edificio de uso comercial en una zona residencial, el juez Guillermo Scheibler resolvió dar a conocer a la ciudadanía la existencia del proceso invitando a los interesados a formar parte del proceso.

 

El titular de juzgado N° 13 en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires, Guillermo Scheibler, ordenó difundir por el Canal y las emisoras de radio oficiales de la Ciudad, carteleras de las Juntas Comunales 2 y 14 y el portal de Información Judicial del Consejo de la Magistratura local, como así también publicar en el Boletín Oficial porteño, un edicto judicial en el cual se informa a la ciudadanía la existencia, objeto y estado procesal de un amparo de alcance colectivo impulsado por la “Asociación Civil Vecinos de Barrio Parque y Palermo Chico”, contra dos disposiciones dictadas por la Dirección General de Interpretación Urbanística que autorizan un proyecto de obra para la construcción de un edificio para usos comerciales (un edificio corporativo del Banco Santander Río), en una zona residencial donde se encuentra prohibido este tipo de inmuebles.

En la resolución firmada el pasado 19 de noviembre, el magistrado consideró que “conforme los términos en que fue planteada la demanda, los derechos primordialmente involucrados en el caso revisten un indudable carácter colectivo en los términos del artículo 14 de la CCABA, que expresamente enuncia a la protección del ambiente y del  patrimonio cultural e histórico de la Ciudad como ejemplos de derechos o intereses colectivos que habilitan la legitimación ampliada para litigar por vía de amparo”.

Si bien el juez reconoció que la normativa vigente “no prevé un trámite específico para los procesos que tienen por objeto la protección de derechos de incidencia colectiva”, debido a que el Poder Ejecutivo vetó en el año 2006 las pautas específicas para este tipo de procesos definidas en la ley de amparo de la Ciudad, resaltó jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la nación en la cual se sostiene que “la disposición constitucional es claramente operativa y es obligación de los jueces darle eficacia”. Ante lo resuelto por el máximo tribunal nacional y teniendo presente también lo expuesto por el Tribunal Superior de Justicia y la Cámara del fuero CAyT, Scheibler  estableció “las pautas de difusión de la presente acción de amparo y de notificación a todas aquellas personas que puedan tener interés en el resultado del litigio a fin garantizar su derecho de defensa y evitar así la multiplicación innecesaria de causas con similar objeto”.

Por medio de la radiodifusión oficial de la Ciudad, carteleras en las sedes comunales de zonas aledañas, comunicación a consejos consultivos y el Sistema de Difusión Judicial del Departamento de Información Judicial del Consejo de la Magistratura de la CABA, el magistrado ordenó la difusión el amparo en cuestión, otorgando “a todas aquellas personas que tengan un interés jurídico relevante en integrar el proceso ya sea como actora o demandada, y en particular a los vecinos del Barrio Parque, Palermo Chico y zonas aledañas, el plazo de diez días para que se presenten en el expediente, constituyan domicilio y manifiesten lo que por derecho corresponda”.

El proyecto para la construcción de un edificio destinado a las áreas institucionales y de negocio de la entidad bancaria, alcanza los 9.650m2 y se ubica sobre la calle Martin Coronado, entre Av. Jerónimo Salguero y San Martín de Tours, en Barrio Parque.