«La propia Constitución porteña trae un programa de gobierno»

Por el 11 de septiembre de 2015
Lo sostuvo la jueza Elena Liberatori durante la charla debate celebrada en la tarde del miércoles 8 de septiembre en la sede judicial de Avenida de Mayo al 600, destacando que «el juez no puede torcer o inventar políticas inexistentes » y remarcando el valor que la carta magna local representa en la labor de los tribunales contenciosos.

 

La jueza Elena Liberatori, titular del juzgado N°4 en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires, encabezó la primera de un ciclo de charlas debate organizadas por el Sindicato de Trabajadores Judiciales de la CABA con motivo de celebrarse los 15 años del Fuero CAyT. Con «La Justicia de la Ciudad: Balance y Desafíos» como título, la magistrada dialogó y respondió preguntas del público congregado el pasado miércoles 8 de septiembre en la sede de los tribunales ubicados en Avenida de Mayo 654, realizando un balance de su experiencia como una de las juezas que integran el fuero desde sus orígenes, y haciendo un recuento de los fallos más relevantes de su carrera.

«Esta reunión tiene que servir para aprovechar las poquísimas ocasiones que se presentan para hacer preguntas a un juez. Los jueces somos un servicio para la el pueblo de la Ciudad. El 27 de septiembre del 2000 hice mi juramento como jueza, y juré desempeñarme para el pueblo de la Ciudad. Ustedes, hoy son el pueblo de la Ciudad y vengo aquí a rendir cuentas de mi desempeño en estos 15 años«, dijo la jueza Elena Liberatori abriendo la charla a las preguntas de los participantes.

La primera pregunta realizada consultó a la magistrada cuál había sido el fallo más relevante para ella en estos 15 años al frente de un juzgado CAyT.  “Cuando comencé e iba a hacer mi primera firma como jueza dije, ‘voy a buscar un expediente especial para que nunca me olvide cual fue mi primera firma como jueza’. Se trataba de una enfermera de un hospital público con muchos años en la profesión, con actividad nocturna, y no le pagaban el suplemento correspondiente a una actividad crítica como lo era. Entonces busqué ese expediente y esa fue mi primera sentencia», relató la magistrada, destacando que aquella primera resolución quedó firme sin que la Procuración apelara, y señalando que con el correr de los años esto ha cambiado apelándose sentencias, incluso aquellas vinculadas a riesgo eléctrico, agua potable, y diversas necesidades urgentes.

“También recuerdo el caso de una beba llamada Agustina Belén. La nena nació con una cardiopatía y tenía una obra social ‘trucha’. Cuando la obra social se entera que la nena tiene este inconveniente la prepaga deja de ir a cobrarle -porque le iban a cobrar a domicilio-, y llegado el momento le dicen ‘usted está en falta no ha pagado’. Por supuesto hicieron eso para no atenderla. La Defensora del Pueblo de ese momento, Alicia Oliveira, se pone a investigar, hace una recomendación y el caso cae en el juzgado 4, el nuestro. En su momento hubo una discusión con el secretario porque dijo que el tema era materia civil, no contenciosa. Pero yo le dije, ¡no, este tema lo voy a hacer yo! Y esto fue posible por la recomendación de la Defensora de la Ciudad. Nosotros pudimos darle ejecutoriedad a dicha recomendación e hicimos que la prepaga afronte el costo de la operación», describió Liberatori a modo de ejemplo de causas en las cuales el fuero toma intervención.

Entre numerosos casos relevantes en la historia del fuero CAyT que tienen a la titular del Juzgado N° 4 como firmante, la jueza Liberatori recordó la sentencia dictada en relación a una muesta del artista León Ferrari, que tomó mucha exposición pública y generó una fuerte polémica entre religiosos y artistas plásticos. «Desde lo laboral fue una oportunidad maravillosa, pero fue un caso muy duro para mi y que dividió al país. Hubo una discusión filosófica entre la curadora el Centro Cultural Recoleta y la Iglesia que trascendía al artista», comentó la magistrada resaltando que fue el primer amparo en el que tramitó un amicus curiae. «Fue muy fuerte porque esta causa trajo otro tema, el de la actividad nuestra y los medios de comunicación. Los medios regurgitan la actividad nuestra y a mí me pusieron en esto como un acto de censura, cuando para mi fue una mala gestión cultural. La finalidad no era censurar, era reconducir la exposición para prevenir al espectador”, destacó.

Luego de recordar la causa por la polémica muestra de León Ferrari, y la división de opiniones, Liberatori subrayó: «Nuestra actividad, nuestra firma, no es para levantar las preferencias personales en lo religioso o en lo político, no está para eso; nuestra actividad es para resolver un conflicto más allá de las preferencias personales«.

La magistrada siguió explayándose sobre su experiencia en el fuero, y si bien remarcó que su perfil es el de una «abogada del derecho público, administrativista, no civil», la labor frente al tribunal le trajo numerosas cuestiones de familia como fue el pedido de Florencia de la V. para el cambio de nombre en noviembre de 2009, y las decisiones de matrimonios igualitarios. «Después venían los jueces civiles que anulaban mis casamientos», recordó. También mencionó el caso de fertilización asistida de «las Marisas» que la ObSBA no lo quería cubrir. «El día que me revocan la cautelar, las Marisas informan que estaban embarazadas. Finalmente hoy esta Martín entre nosotros, hijo de una cautelar», resaltó.

Entre los numerosos expedientes relevantes en los que la magistrada intervino, destacó el caso del Hospital de Lugano, el cual no se construía a pesar de la normativa que así lo disponía; la protección de edificios de valor patrimonial; y numerosas causas vinculadas a la urbanización de barrios vulnerables como el barrio Papa Francisco, la Villa 20, el barrio Rodrigo Bueno, o la situación en el Elefante Blanco.

Tras afirmar que «todos los casos son importantes», la jueza destacó la relevancia de la intervención del fuero CAyT en materia de derechos humanos, económicos y sociales, pero subrayando que «los poderes del Estado son tres» y aclarando que «el juez no puede torcer o inventar políticas inexistentes«, sino que debe garantizar el cumplimiento de la normativa vigente.

Finalmente, Liberatori subrayó «el valor que tiene como herramienta de nuestro trabajo la Constitución porteña», ya que «a diferencia de otros textos constitucionales, la Constitución de la Ciudad no es declamativa». «La propia Constitución porteña trae un programa de gobierno. En esto vaya un reconocimiento a quienes trabajaron en la Convencional Constituyente en este documento tan valioso, porque fue la primera vez que se escribió que el amparo es una vía gratuita, esto no sucede en todas las jurisdicciones«, reconoció.