Aumento del acarreo: conceden apelación sin efecto suspensivo

Por el 16 de enero de 2015
El juez Darío Reynoso hizo lugar al recurso de apelación presentado por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y la fiscalía contra la resolución firmada días atrás en la que se dictó la suspensión del incremento de la tarifa por la remoción de vehículos mal estacionados. De acuerdo a la ley de amparo, la apelación no suspende la medida dispuesta cautelarmente.

 

El juez a cargo del juzgado de turno N° 3 en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires, Darío Reynoso, concedió el 15 de enero el recurso de apelación planteado por la Procuración en representación del Gobierno porteño, y por la fiscalía, contra la resolución dictada el 9 de enero en la cual se ordenó “suspender la aplicación de la resolución conjunta Nº 8/MJGGC/2014 hasta tanto se dicte sentencia definitiva”, que elevó el costo por traslado de autos mal estacionados.

El recurso de apelación concedido no suspende la medida cautelar dictada por lo que la suspensión del aumento de la tarifa por acarreo continuará vigente hasta tanto la Cámara de Apelaciones resuelva sobre la cautelar dictada en el marco del amparo presentado por el legislador Marcelo Ramal.

De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley 2145 –normativa que regula la acción de amparo en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires- “la concesión del recurso será en relación y sin efectos suspensivos, a excepción de la apelación contra la sentencia definitiva que será en relación y con efectos suspensivos”.