Señales claras para el estacionamiento en Barrio Norte

Por el 15 de agosto de 2014

La Justicia porteña ordenó al Gobierno de la Ciudad que cumpla la normativa vigente en materia de señalización para las pautas de estacionamiento en una zona de Barrio Norte. Deberán instalar señales claras que indiquen de forma inequívoca dónde el estacionamiento es libre, medido o se encuentra prohibido.

 

El juez Guillermo Scheibler, titular del Juzgado N°13 en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires, ordenó al Gobierno porteño que “de cumplimiento a la normativa vigente en materia de señalización de pautas de estacionamiento de modo claro, completo e inequívoco, en el polígono delimitado por la avenida Del Libertador y Coronel Díaz y las calles Austria y Beruti”, haciendo lugar parcialmente a la solicitud de un amparista que pedía que se dispusieran medidas para esclarecer los espacios en los cuales existen restricciones al libre estacionamiento a mano derecha en una zona de Barrio Norte.

 

La acción de amparo fue impulsada por un vecino de Barrio Norte a raíz de haber sido notificado por una empresa que su automóvil se encontraba en infracción por estacionamiento prohibido en una calle donde no existía señalización que así lo indicara. El actor sostuvo en su planteo que incluso sufrió el acarreo de su vehículo de la calle Pacheco de Melo al 2900 por parte de la empresa STO – DAKOTA S.A., cuando las generales de la ley definen como lugar habilitado para el libre estacionamiento a la mano derecha de una calle de un solo sentido. Frente a estos hechos, el vecino alegó “desprotección y estado de incertidumbre” ante “el descontrol creado a partir del cambio constante de las señalizaciones de las normas de tránsito de forma fáctica, y sin ningún respaldo legal».

 

Según se relata en la resolución firmada el 11 de agosto, el juez dispuso, previo dictar sentencia, un reconocimiento judicial en la zona, donde se constató que la señalización de las normas vigentes en cuanto a los espacios en los que se encuentra prohibido estacionar, no sólo resulta deficiente, sino que también se realiza de un modo ambiguo que induce a la confusión del ciudadano.

 

El juez Scheibler citó a modo de ejemplo, que si bien el Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad tiene como criterio la prohibición general de estacionamiento de vehículos junto a la acera izquierda todos los días durante las 24 horas en calles con sentido único de circulación, quedando permitido entonces el libre estacionamiento a mano derecha, se observó en diversas arterias cartelería con la imagen de una grúa acarreando un automóvil y la leyenda “si su vehículo ha sido removido diríjase a:”.

 

“En lo que respecta al polígono objeto de esta demanda, se encontrarían vigentes una numerosa serie de pautas de estacionamiento particulares que se apartan de las prohibiciones generales establecidas por el Código de Tránsito y Transporte”, reconoce el magistrado en los fundamentos de su fallo, destacando que la normativa define para aquellos casos que difieren de las generalidades el “único requisito de la instalación de la señalización correspondiente” para su vigencia.

 

“La gran cantidad de criterios particulares que rigen el estacionamiento en el polígono objeto de autos que no se encuentran debidamente señalizados, aunados a los cambios normativos existentes en la materia (aprobados en diciembre de 2013) cuya implementación se encuentra en marcha, imponen extremar los recaudos en materia de difusión, señalización y publicidad de las pautas de conducta a las que deben atenerse los conductores que deseen estacionar en la zona”, destaca el juez.

 

Y agrega: “El incumplimiento de las normas en cuestión puede derivar en la comisión de infracciones previstas en el Régimen de Faltas y en el Código Contravencional de la Ciudad (art. 3° de la ley 2148). Frente a tal cuadro de situación deviene indispensable —tal como lo ha exigido el legislador— la correcta señalización de las prohibiciones existentes que no se condicen con las generales de público conocimiento, puesto que, de lo contrario, los ciudadanos quedarían expuestos a ser sancionados por infringir normas”.

 

Si bien el magistrado concedió la solicitud del amparista en relación al esclarecimiento de la señalización, rechazó otra petición para que se ordene al Gobierno porteño a realizar informes de Impacto Ambiental y de Factibilidad de los cambios impulsados por la administración gubernamental en materia de limitaciones al libre estacionamiento en Barrio Norte.

 

El magistrado fundamentó su decisión en que “no se advierte que la demandada se encuentre llevando a cabo medidas contrarias al ordenamiento jurídico vigente” ni que “la falta de realización de un estudio de impacto ambiental pueda dar forma a una ilegalidad o arbitrariedad manifiesta”.

 

“Más allá de las indudables consecuencias económicas que las nuevas medidas tendrán en el bolsillo de quienes utilicen los hasta ahora gratuitos espacios habilitados para el estacionamiento que se incorporarán al sistema tarifado, éstas no parecen a priori ‘susceptibles de producir impacto ambiental de relevante efecto’, ni tampoco enmarcarse dentro de las presunciones del artículo 13 de la ley 123”, concluye el juez.