Balbín y Reynoso presentes en la primera jornada del VIII Congreso Internacional de Abogacía Pública, Local y Federal
Ante más de 150 personas expusieron en el primer día de las jornadas organizadas por la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires
Durante más de nueve horas se transmitió a través de las redes YouTube y Vimeo, la jornada inaugural del VIII Congreso Internacional de Abogacía Pública, Local y Federal, bajo la consigna «El derecho público ante la emergencia y la nueva normalidad».
Entre los discursos de apertura junto a las máximas autoridades locales, participaron el titular del Consejo de la Magistratura, Alberto Maques; y la consejera y jueza Penal, Contravencional y de Faltas, Julia Correa.
Desde las 14:30, comenzaron sus exposiciones los integrantes del cuarto panel, convocado bajo el título «Presente y futuro del derecho administrativo en la nueva normalidad». Allí, el presidente de la Sala I de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo, Carlos Balbín, analizó “La nueva matriz del Derecho Administrativo”, invitando a reflexionar sobre las bases del derecho administrativo y de la necesidad de repensar esas bases desde una mirada filosófica, política e incluso incorporando la perspectiva económica.
El camarista recordó que «cuando leemos en los manuales o tratados de derecho administrativo sobre el origen justamente de nuestra disciplina, nos apoyamos en los textos jurídicos de ese entonces, particularmente en la obra de Locke, Hobbes, Montesquieu o Rousseau». Advirtió luego que se construyó el derecho administrativo no sólo a partir de esos textos y de las ideas respectivas, sino también a partir del modelo filosófico de ese entonces. «Me refiero obviamente a la ilustración, y además el modelo económico; tengamos presente que años antes de la Revolución Francesa, Adam Smith escribió dos obras fundamentales en términos de fundación del liberalismo. Por un lado, la ‘Teoría de los sentimientos morales’, y por otro, el texto más conocido ‘La riqueza de las naciones’, en donde desarrolla básicamente la teoría del valor», completó.
Posteriormente, el magistrado detalló los tres puntos básicos en que se apoyó el derecho administrativo desde sus orígenes. «En primer lugar, la propiedad y la protección de la propiedad. En segundo término, en el contrato, el respeto de los acuerdos de las partes. Y en tercer término, ya en un plano hipotético eventual, la responsabilidad por la violación del derecho de propiedad o el incumplimiento de los contratos entre las partes», señaló. «Y como sabemos, también el derecho administrativo se apoyó en los privilegios del Estado versus los derechos de los particulares», añadió.
Abordó también los vaivenes entre el derecho público y el derecho privado e invitó a dejarlos de lado, al respecto dijo que «para crear un derecho administrativo estable y fuerte, debemos pensar en un sentido más integral al derecho administrativo». «Creo -agregó- que debemos pensarlo a partir de las teorías de la justicia. No sólo desde la mirada estrictamente constitucional, en términos de un Estado gendarme o Estado de bienestar o incluso el modelo que se ha desarrollado en las últimas décadas en Europa, como Estado garante; tenemos que fundar las raíces del derecho administrativo en la teoría de la justicia«, explicó.
Para concluir, Balbín analizó como posibilidad comenzar a pensar el derecho administrativo desde la perspectiva de la Teoría de la dónut, desarrollada por la economista y docente, Kate Raworth, de la Universidad de Oxford, que centralmente cuestiona las bases del modelo liberal. Y propone establecer como prioridades la reducción las desigualdades sociales y garantizar la sostenibilidad ambiental.
Durante el sexto panel, convocado bajo el eje «La protección administrativa y judicial de los derechos sociales ante la emergencia y la nueva normalidad», pasadas las 17 fue el turno de exconsejero y titular del Juzgado n.° 24 en lo Contencioso Administrativo y Tributario, Darío Reynoso, quien fue invitado a hablar acerca de «La protección de los derechos sociales en el Fuero Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad durante la emergencia sanitaria».
El magistrado aclaró que amplió el concepto de derechos sociales con el acrónimo DESCA; explicó que incluía de ese modo a los derechos cconómicos, sociales, culturales y ambientales. Con un análisis estadístico detalló como el fuero, a partir de la emergencia pandémica brindó respuesta a las partes que plantearon la vulneración de algunos de estos derechos.
A la hora de especificar en números, lo que significó para su tribunal, el aislamiento social preventivo y obligatorio, puntualizó que «se iniciaron 41 procesos colectivos relacionados con COVID-19 y 58 incidentes que fueron surgiendo de esas causas principales». Habló luego acerca de los objetos procesales y señaló que 19 de ellos correspondieron a la salud; tres a la educación; dos a la asistencia alimentaria; dos a las aplicaciones móviles e internet; dos al empleo público; uno a la urbanización de villas; mientras que cuatro medidas cautelares autónomas y siete procesos colectivos, los presentó englobados en el concepto «otros». De en estos procesos colectivos, según informó «se emitieron 157 resoluciones: 71 de Cámara y 83 de juzgados de primera instancia». Luego, se refirió a la cifra de las causas tramitadas y remarcó la importancia de que el fuero intervino en un total de 86.293. «Ya que es un concepto bastante extendido con razones o no, respecto a que la justicia estuvo paralizada durante esta emergencia sanitaria. A mi modo de ver, el análisis de estos números que venimos desarrollando lo desmiente», sentenció.
Abordó también las temáticas de los 3096 amparos que se iniciaron, 2173 en la primera instancia y 923 en las salas de Cámara; detalló al respecto que los principales temas fueron el habitacional, y el de la alimentación. «Justamente por su carácter célere, la característica de urgencia del propio amparo, son los procesos con mayor cantidad de resoluciones dictadas: 1671 resoluciones si sumamos tanto las que se han dictado en Cámara como en los juzgados de primera instancia», especificó.
El titular del Juzgado n.° 24 acerca de la coyuntura en el fuero sostuvo que «hubo una respuesta acorde dentro del marco de la emergencia a las situaciones de amparos y procesos colectivos que la urgencia requería, a medida que fueron planteados en los juzgados. «Entiendo que el fuero ha respondido muy bien ante la situación de emergencia tanto con lo que tiene que ver con el trámite de causas en general, como con los amparos en particular», sintetizó Reynoso finalmente.-