Edicto del Juzgado n.° 4 en lo Contencioso Administrativo y Tributario

Por el 29 de agosto de 2019

El Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso, Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires n.° 4, a cargo de la Dra. Elena Liberatori, secretaría del Dr. Germán Rodríguez Gauna, sito en Av. de Mayo 654, piso 1°, de la CABA, de conformidad con lo previsto en los arts. 129 y 130 del Codigo Contencioso, Administrativo y Tributario de la CABA (Ley 189, CCAyT) y en el marco de los autos caratulados «Asociación Civil Observatorio del Derecho a la Ciudad S/ Amparo», Exp. 5575/2019-0, cita y emplaza a todas aquellas personas que tengan un interés jurídico relevante en integrar el proceso ya sea como actora o demandada, para que en el plazo de diez (10) días que se presenten en el expediente, constituyan domicilio y manifiesten lo que por derecho corresponda, bajo apercibimiento de continuar el juicio según su estado, y sin perjuicio de lo previsto en el articulo 84 y ss. del CCAyT .

El plazo indicado comenzará a correr a partir de la última publicación del edicto en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires o de la publicidad efectuada por radiodifusión, lo que ocurra en fecha posterior.

A tal fin, se hace saber que la acción de amparo colectivo mencionada tiene por objeto que se declare la nulidad del permiso de obra o registro de planos otorgado por el GCBA en fecha 12 de diciembre de 2017 en el expediente n.° 8591910/2017 para el inmueble sito en la Av. Luis María Campos 102/104/108/112/114/124, la resolución n.° 2016-254 SSREGIC de la Subsecretaría de Registros, Interpretación y Catastro (SSREGIC), de la Disposición n.° DI-201-138-DGEVA de la Agencia de Protección Ambiental que categorizó al proyecto como de impacto ambiental sin relevante efecto y otorgó el certificado de aptitud ambiental. Por no respetar el Código de Planeamiento de la Ciudad, el artículo 13 de la Ley 123 y los arts. 27 y 30 de la Constitución de la Ciudad, se ordene la readecuación de la obra o el edificio en construcción o construido a efectos de dar debido cumplimiento a la totalidad de las disposiciones legales vigentes.

El presente debe publicarse por tres (3) días en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.-

Ciudad de Buenos Aires, 26 de agosto de 2019.-