«Los porteños somos los ciudadanos argentinos que menos derechos efectivos gozamos»

Por el 22 de junio de 2016
Lo sostuvo el consejero por el estamento de los jueces Marcelo Vázquez durante su participación de la jornada en «Conmemoración de los 20 años de la Sanción de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires” celebrada días atrás en la Facultad de Derecho UBA y en la Legislatura porteña. En su exposición en la cual analizó las «competencias autonómicas» de la jurisdicción local , el camarista remarcó la necesidad de concretar la autonomía plena y, en referencia a los magistrados que conforman la justicia ordinaria con asiento en territorio porteño, cuestionó que «la Ciudad sigue sin poder elegir jueces a través de los representantes del pueblo».

 

El juez Marcelo Vázquez dando su exposición en la Facultad de Buenos Aires UBA.

El juez Marcelo Vázquez  integró el panel «Mirando a futuro la Ciudad de Buenos Aires: las competencias autonómicas».

Las jornadas organizadas por el Consejo de la Magistratura de la Ciudad con motivo de conmemorarse «20 Años de la Sanción de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”, sirvieron de marco para analizar las garantías constitucionales de la carta magna local y el diseño institucional porteño, y para realizar un balance de la labor del Poder Judicial local y debatir sobre las asignaturas pendientes en pos de la autonomía plena. Con eje en este último punto, el consejero y camarista del fuero Penal, Contravencional y de Faltas de la Ciudad, Marcelo Vázquez, participó –junto con los consejeros Darío Reynoso y Carlos Más Vélez– del panel denominado “Mirando a futuro la Ciudad de Buenos Aires: las competencias autonómicas”.  Su análisis se centró en las competencias que actualmente ejerce la justicia nacional ordinaria, las cuales deberían ser ejercidas por la justicia de la Ciudad.»Las competencias que actualmente ejerce la justicia nacional ordinaria no son federales y deben ser transferidas a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”, aseveró Vázquez.

Tras señalar que la inserción del estado porteño en el esquema federal «es una tarea inconclusa», el magistrado afirmó que si analizamos «crudamente» la situación que impera desde que se reformó la Constitución Nacional en 1994 y entró en vigencia la Constitución de la Ciudad en 1996, «los porteños somos los ciudadanos argentinos que menos derechos efectivos gozamos”, ya que «seguimos sin poder elegir a nuestros jueces a través de los representantes del pueblo, siendo que el resto del país sí pueden hacerlo«. “Tampoco se puede acceder a la competencia originaria de la Corte aún cuando se verifican objetivamente las previsiones del artículo 117 de la Constitución”, dijo.

Considerando a la reforma constitucional del 94′ como «la tercera fundación de la Ciudad de Buenos Aires», Vázquez remarcó que «el artículo 129 de la Constitución, al expresar que ‘la Ciudad de Buenos Aires tendrá un régimen de gobierno autónomo, con facultades propias de legislación y jurisdicción‘, definió las características institucionales” del estado porteño. “A partir de su redacción los constituyentes de la Ciudad entendieron de manera amplia esa reforma», señaló el consejero, mencionando que se le otorgó un trato equivalente del resto de las provincias en lo relativo a la aplicación del derecho común, en la medida en que las personas o las cosas cayeran en su jurisdicción, y reconociendo que la denominada Ley Cafiero limitó las facultades de la Ciudad, en especial en lo que respecta a la facultad de jurisdicción.

Durante su ponencia, Vázquez destacó que el artículo 8 de la Ley Cafiero mantuvo en manos de la Nación la justicia ordinaria con asiento en territorio porteño, mientras la Ciudad sea Capital Federal, permitiendo la transferencia paulatina de competencias hacia la justicia local por medio de convenios. También subrayó el cambio de postura política que se evidenció a través de los años con nuevas legislaciones que otorgan a la Ciudad de Buenos Aires el mismo tratamiento que el de las Provincias -ejemplo de esto la Ley Penal Tributaria que estableció expresamente que las provincias y la Ciudad eran iguales, y ejercen su competencia en materia de delitos al fisco en cada jurisdicción-. “Yo entiendo que la Ley Cafiero y las restricciones que estableció fueron funcionales a la política, y también que desde las instituciones locales no hubo el énfasis que hubiera sido necesario para que, después de tanto tiempo, no hayamos concluido el proceso de institucionalización de la Ciudad como un estado autónomo asimilado a las provincias«, reconoció.

Para finalizar, y con vistas al futuro, Vázquez vislumbró un porvenir positivo con miras a la autonomía plena, ante varios cambios en las posiciones jurídicas y políticas. El consejero juez, resaltó el fallo «Corrales» en el cual la Corte Suprema de Justicia de la Nación establece categóricamente que los jueces nacionales no son federales, que las competencias que actualmente ejerce la justicia nacional ordinaria no son federales, y exhorta al poder político a que dichas competencias sean transferidas a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (transferencias que podrían concretarse de aprobarse el proyecto de traspaso presentado por el Ejecutivo Nacional ante el Congreso, en el cual se propone la modificación de la Ley Cafiero).  «Si el Congreso Nacional hubiera dispuesto por ley la provincialización de la Ciudad, todo este proceso tan tortuoso no se hubiera producido”, consideró Vázquez.