Beneplácito del parlamento chaqueño por resolución judicial porteña sobre comisiones inmobiliarias

Por el 20 de mayo de 2016
La Cámara de Diputados de la Provincia del Chaco aprobó en la sesión ordinaria del pasado 11 de mayo “expresar beneplácito por la medida del Juzgado porteño N° 17 en lo Contencioso Administrativo y Tributario, de suspender una resolución del Colegio de Corredores Inmobiliarios, que habilitaba al cobro de dos meses de alquiler en concepto de comisión”. Copias de lo resuelto por los diputados fueron remitidas tanto al juzgado de la Ciudad como a los amparistas y al demandado.

 

El pasado 6 de mayo, el juez Marcelo Segón, titular del juzgado N° 17 en lo Contencioso, Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires, resolvió “suspender en forma inmediata la Resolución CUCICBA N° 350/16” mediante la cual el Colegio Único de Corredores Inmobiliarios aplicó el principio de libertad contractual para todas las comisiones inmobiliarias, incluidas las que cobran a los inquilinos de viviendas, a partir de la sanción del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación, sin respetar la normativa local (ley 2340) que creó dicho colegio profesional estableciendo regulaciones para la actividad. Ante lo dispuesto por el tribunal porteño, los diputados de la Provincia del Chaco, aprobaron un proyecto suscribiendo a la medida judicial dictada.

En la sesión ordinaria del 11 de mayo, la Cámara de Diputados de la Provincia del Chacho resolvió “expresar beneplácito por la medida del Juzgado porteño N° 17 en lo Contencioso, Administrativo y Tributario, de suspender una resolución del Colegio de Corredores Inmobiliarios, que habilitaba al cobro de 2 meses de alquiler en concepto de comisión, contrariando lo establecido por ley 2.340, por la presentación de un amparo colectivo contra el Colegio Único de Corredores Inmobiliarios de la ciudad Autónoma de Buenos Aires, impulsado por la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia y la Agrupación Inquilinos Agrupados”.

De acuerdo a lo informado por el parlamento presidido por Lidia Élida Cuesta, los legisladores chaqueños también aprobaron “destacar que según la ley, los inmobiliarios porteños no podrán cobrar a los inquilinos de viviendas más del 4,15% del valor total del contrato para renovar y en caso de incumplimiento de lo dispuesto, se impondrá una multa al Colegio de Corredores por cada caso acreditado”.

Finalmente, la Cámara de Diputados del Chaco dispuso “remitir copia” de la resolución 836  al Juzgado N° 17 en lo Contencioso, Administrativo y Tributario que dictó la medida cautelar, a los impulsores de la acción de amparo (la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia y a la Agrupación Inquilinos Agrupados) y a la entidad demandada, el Colegio Único de Corredores Inmobiliarios de la ciudad Autónoma de Buenos Aires.

 

Cámara de Diputados del Chaco Nota

Cámara de Diputados del Chaco Resolución