La Bienal Internacional de Mujeres Juezas con ojos porteños

Por el 5 de julio de 2014

La Asociación Internacional de Mujeres Juezas (IAWJ) celebró la 11º Conferencia Bienal Internacional de Mujeres Juezas en la ciudad de Londres, entre los días 2 y 5 de mayo. La invitación formulada por la Asociación de Mujeres Juezas de Argentina (AMJA), como miembro de IAWJ, fue inclusiva y abarcó a todos los jueces y juezas del país, contando con una acogida muy favorable. La delegación argentina estuvo encabezada por la vicepresidenta de la Corte Suprema de la Nación, Elena Highton de Nolasco.

Se abordaron problemáticas muy actuales y variadas, por lo que resulta imposible desarrollar, en el reducido espacio de este artículo, la riqueza del encuentro. A modo de ejemplo, cabe consignar que, entre las cuestiones más relevantes, se abordó el «liderazgo judicial», comisión en que se destacó la exposición de la ministra de nuestro máximo tribunal federal Elena Highton de Nolasco, y el «tráfico humano y los matrimonios forzados», donde se indicaron mecanismos para evitar condenar a la víctima del delito, panel en el que expuso la Presidenta de AMJA, Susana Medina de Rizzo, ministra del Superior Tribunal de Entre Ríos. Nuestra representación obtuvo un enorme logro, al resultar electa Vicepresidenta de IAWJ la Dra. Susana Medina de Rizzo y reelecta nuestra representante en el grupo que corresponde a los países de América Latina y el Caribe. El reconocimiento de espacios en la conducción de una organización de este tipo tiene relación directa con el trabajo que la organización nacional desarrolla y en los últimos años habíamos sufrido un retroceso en este sentido, que ahora viene a modificarse.

No es ocioso señalar que AMJA ha incrementado no sólo su número de socias, sino que ha multiplicado su trabajo en todo el país. Ello trae aparejado un compromiso aún más intenso en un terreno donde queda mucho por hacer, donde las mujeres siguen siendo educadas en base a estereotipos que así reproducen y, aunque se vean como mujeres «modernas» porque han accedido al mercado laboral, ello no implica que comprendan, ni acepten, mayormente, la situación real del colectivo desaventajado que comportan.

Resulta casi paradojal señalar que, cuando cuestioné administrativamente ante el Colegio Público de Abogados de Capital Federal la falta de inclusión de mujeres en cargos electivos, la resistencia llevó a que debiera demandar al mismo («Paz, Marta y otras c/CPACF s/acción meramente declarativa») para que, finalmente, lograda la declaración judicial sobre el derecho desconocido, se reformara su reglamento.

Luego de años positivos, tuvieron lugar momentos de evidente retroceso en el goce de derechos. Ahora, nuevamente se advierte un avance en el reconocimiento de derechos para las minorías desaventajadas.

No se puede perder de vista que los tratados prevén específicas formas de actuar, medidas positivas que obligan a los Estados a cambiar esta realidad, teniendo en cuenta que, inclusive la justicia -en ocasiones- provoca la revictimización indeseada y omite considerar el contexto en que hechos de este tipo se producen, generalmente sin testigos que den cuenta de ellos, realizando una inadecuada valoración de los hechos, con lo que se refuerza la impunidad.

A la situación de subordinación de las víctimas se agrega que sufren la pérdida de su autoestima, resultando habitual que los victimarios utilicen con ellas frases tales como «sos una inútil», «no servís para nada», y que busquen y logren aislarlas de su entorno, lo que les dificulta su acceso a la justicia, como señalara, con claridad y sencillez, la Ministra de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Carmen Argibay: «Tolerar la violencia es un estereotipo»; «porque te quiero te aporreo es un viejo refrán que yo odio, por cierto, pero que no es verdad»; «Porque te quiero te tengo que abrazar, no pegarte. El que te pega no te quiere, eso seguro».

La discriminación forma parte de una cultura de dominación vivida como una impronta de la exclusión social, donde solamente se valoran las personas por su capacidad de consumir y se las excluye por su incapacidad de consumir. Ello contradice la Constitución de la Ciudad, que, entre otras normas que refieren a discriminación dispone que todos tenemos idéntica dignidad, somos iguales ante la ley y tenemos el derecho a ser diferentes, no admitiéndose discriminaciones que tiendan a la segregación por razones o con pretexto de raza, etnia, género, orientación sexual.

El Estado no sólo debe abstenerse de interferir en el ejercicio de los derechos individuales, además tiene el deber inexcusable de realizar prestaciones positivas, de manera que el ejercicio de aquellos no se torne ilusorio.

* La autora es Presidenta de la Cámara Penal, Contravencional y de Faltas de la Ciudad.

Publicada orginalmente en Noticias Urbanas:

http://www.noticiasurbanas.com.ar/notas-opinion/f1fae5c9fc243f4b832f3b0fb3f72443/