Proceso Colectivo del Juzgado Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo N° 23
Por Redacción iJudicial el 27 de febrero de 2024
El Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo y Tributario N° 23 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a cargo del Dr. Francisco J. Ferrer, hace saber en el marco de los autos caratulados: «Villar, Eliana Patricia y otros contra GCBA sobre amparo-educación-otros Número: EXP 35231/2023-0, a todas aquellas personas que pudieran tener un interés en el resultado del litigio, en un plazo de diez (10) días, a partir de que tomen efectivo conocimiento de la información, se presenten en estos actuados a los efectos que pudieran corresponder.
La presente acción se inició el 23 de marzo de 2023 por Eliana Patricia Villar, Raúl Aldo Acosta, Alina Cecilia Parussini, Delia Ester Molina, Ilda Ester Dos Santos, Gabriel Nicolás Posse, Stella Maris Di Fabio, Sixta Aguirre, Germán Isaac Benavides, Jesús Alberto Loayza Soliz y Luisa Elva Ramírez, con el patrocinio letrado del Dr. Ramiro Joaquín Dos Santos Freire, Defensor Oficial a cargo de la Defensoría n° 5 del fuero, a la cual adhirieron por Actuación n° 1703633/2023 Santiago Tomás Acosta, Ilda Gladys Acevedo, Andrea Georgina Motta Huamani y Melina Soledad Segovia, con el patrocinio letrado de la Defensora interina Giselle Furlong Pader (estos últimos todos en su calidad de alumnos y alumnas de las Escuelas Especiales de Formación Laboral de esta ciudad) y por Actuación n° 1703633/2023 adhirieron a la demanda Eufemia Sosa Torales, por derecho propio y en representación de su hija Ivana Vanesa Samaniego Sosa; María Eulogia Ruiz Jacquet, por derecho propio y en representación de su hijo Hernán Benítez; Andrea Fabiana Trippicchio, por derecho propio y en representación de su hijo Lucas Almeida, con el patrocinio letrado de la Defensora interina Giselle Furlong Pader (en carácter de tutores/curadores y/o figuras de apoyo, conforme lo dispuesto en diversos expedientes judiciales).
Todos ellos, con el objeto de denunciar la ilegítima conducta desplegada por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires que afecta la oferta educativa de talleres en Escuelas Especiales y de Formación Laboral. En particular, objetaron la decisión del GCBA de eliminar o reducir drásticamente la oferta educativa de talleres en Escuelas Especiales y de Formación Laboral para personas con discapacidad mayores de veintidós (22) años, así como también cuestionaron la eliminación del servicio de alimentación y transporte. Asimismo, en lo que refiere al estado procesal del expediente cabe señalar que se encuentra en un estado inicial; hasta el momento no se ha ordenado el traslado de la demanda. Asimismo, en fecha 07/XII/2023 se hizo lugar a la medida cautelar solicitada por el frente actor.