Aviso a l@s usuari@s del subte
Por medio del presente se hace saber que en virtud de lo resuelto el 11/02/2019 por quien aquí suscribe en el marco del expediente “Fernández Gustavo Damián y otros c/ GCBA y otros s/ otros proceso incidentales –amparo– usuarios y consumidores”, n.º 769.846/2016-8, en trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo y Tributario n.º 2 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a mi cargo, Secretaría n.º 3 a cargo del Dr. Juan Manuel Nuñez, se ha declarado incumplida la medida cautelar vigente y por lo tanto se ha dispuesto que tod@s los usuari@s del servicio de transporte subterráneo (SUBTE) que al ingresar o egresar de una estación de la red se vean imposibilitados de hacer uso de los medios mecánicos de elevación (escaleras mecánicas, ascensores, salvaescaleras) por encontrarse éstos fuera de funcionamiento en ese momento, se encontrarán exentos de abonar la tarifa fijada para acceder al servicio regular.
En el supuesto de verificarse tal situación, Metrovías SA deberá adoptar los recaudos necesarios para que en la estación que se trate no se cobre al usuario la tarifa mencionada para ingresar a hacer uso del servicio.
En el caso de que el usuario constatare tal situación al egresar de la formación, podrá recurrir al personal de Metrovías SA quienes deberán arbitrar los medios necesarios para reintegrar en la tarjeta SUBE el importe del viaje oportunamente abonado.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 11 de febrero de 2019. Firmado por ante mí. Conste.
Roberto Andrés Gallardo – Juez