La reforma del Código Procesal para la Justicia en las Relaciones de Consumo

Por el 3 de diciembre de 2024

Los magistrados de 1° Instancia del fuero Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo, Carlos Tambussi, Mario Olano Melo y Guillermo Cánepa expusieron en el marco del XII Congreso de la Procuración General

El pasado 26 de noviembre ante el Salón «San Martin» de la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires colmado de asistentes comenzó el panel siendo las 11:45 con la primera exposición a cargo del Dr. Guillermo Cánepa: «Como ustedes saben, recientemente la Ciudad de Buenos Aires puso en funcionamiento la justicia especializada. Actualmente hay tres juzgados especializados donde tramitan causas vinculadas a la Relación del Consumo y es necesario, a partir del medio de que juramos los tres jueces, hacer algún balance sobre el funcionamiento del Código del Procedimiento, que es un código voluminoso, para ver qué ajustes son necesarios para mejorar la gestión de los expedientes judiciales».

«Es un código que tiene como positivo que en la actualidad y lo discutimos en la pandemia, es decir que los legisladores recogieron toda la experiencia que llevaban ante el cuerpo y ciudad a ciudad  para que la justicia pueda funcionar en un contexto de pandemia.(…) Esta experiencia la generó el autónomo y directamente es un fuero que funciona electrónico con la audiencia biograbada que permite dar mayor fidelidad al acto procesal. En el acta escrita no siempre quedaba reflejado fielmente lo que pasaba en la audiencia. Esto también permite una revisión de las instancias superiores y le da más transparencia al sistema de administración y justicia», explicó el magistrado en el inicio de su exposición. Y agregó: «un proceso que está pensado para mitigar conflictos vinculados con las relaciones de consumo, es decir que esa simetría o esa unidad estructural que se produjo con el consumidor es morigerada por la ley de defensa del consumidor y el sistema normativo. Y el código incorpora esos principios y también viene a garantizar algunos derechos que están en la ley como el acceso a la justicia, el beneficio de la justicia gratuita y el proceso sumarísimo. Y también es un código que prioriza la severidad de la tramitación del expediente reduciendo las incidencias».

«Las principales características de la legalidad son que la dirección del impulso del proceso está a cargo del juez, es una crítica que se hace al expediente escrito que permitía la delegación de actividad judicial, acá la actividad judicial es  delegable, el juez tiene que asistir a las audiencias bajo pena de legalidad. Esto también facilita la conciliación, en una audiencia de conciliación, no es lo mismo que la tome un empleado o funcionario que la tome un juez, si las partes ven que el juez leyó el expediente, está al tanto del conflicto y da algunas líneas, esto facilita mucho la conciliación y aparte permite primero una solución en plazos breves», explicó Cánepa.

«Porque creo que acá lo importante y el sentido de proceso oral y de inmediatez es privilegiar el debate. Es decir, lo importante de esta audiencia es que hay primero un contacto directo entre el juez y el consumidor, que el consumidor le pueda dar al juez y contarle cuál fueron los padecimientos que atravesaron y que están atrás de un caso judicial. Y también para la paz, para los letrados, es la posibilidad de, en el buen sentido de la palabra, persuadir al juez de que la posición que ha sostenido es la que tiene que ganar», concluyó el juez.

El segundo orador fue el magistrado Mario Olano Melo quien expresó al comienzo de su intervención: «Me quedé con tres conceptos. Uno es el de las herramientas digitales, la reforma del código de consumo. (…) Cuando hablamos de herramientas digitales, hoy en día creo que estamos todos de acuerdo en que llegaron para quedarse, están dentro de los procesos,  y lo que nos viene marcando es que la correcta utilización de la herramienta digital permite alcanzar un principio de procesamiento fundamental, que es el de la seguridad.  Ahora, lo que nos están mostrando es estas nuevas herramientas, es que capaz se empiezan a plantear o se empiezan a visualizar problemáticas que sin esas herramientas antes no se verían. Y vayamos por un ejemplo, cuando los tres asumimos la magistratura, nos encontramos con un código que si bien es muy innovador, también nos planteó una innovación en las notificaciones».

«Algo que en nuestra cabeza de abogados era muy simple. (2:01) Yo quiero firmar una resolución y que mágicamente se notifique en el momento. Eso no parecía simple. El problema es que nos teníamos que empezar a preponernos para el consejo que lo adopten, porque toda herramienta digital a su vez también tiene impacto presupuestario, o sea, necesitamos mostrar la necesidad de desarrollar esa herramienta, y a su vez también su efectividad. Tuvimos el apoyo de la doctora Schafrik, en su momento consejera, que tomó el proyecto en sus manos, nos llegó al Consejo y pudimos empezar a conversar con quienes se conversan cuando se desarrolla una herramienta digital, que es la Dirección de  Informática. (2:40) Y ahí nos encontramos con otro problema, que es, para nosotros, las herramientas digitales son eso, un medio para conseguir un fin», explicó el magistrado.

«¿Qué es lo que me genera a mí, como planteaban en el panel anterior? Unas inquietudes. Lo único que traigo a estas conversaciones son inquietudes. Si estamos hablando constantemente de las herramientas digitales y cómo las herramientas digitales nos están mostrando un camino que nos brinda celeridad en los procesos», advirtió el juez.

«Las herramientas tienen que facilitarle la vida a ellos y a nosotros. Si hoy en día las herramientas digitales nos plantean un nuevo paradigma en el que creo que los procesos deben ya ser pensados como un todo desde los pequeños herramientas que se han avanzado sino también desde las cosas esenciales,(…) no se pueden pensar herramientas sin la necesaria intervención de los abogados  porque si no perdemos de vista el rol esencial que cumple en el marco de un proceso en lo que es la eficacia de los derechos», concluyó Olano Melo.

El tercer y último magistrado en intervenir fue el Dr. Carlos Tambussi quien sostuvo «permítanme que enuncie la palabra inteligencia artificial, dado que yo creo que hay cosas que no van a ser nunca artificiales, porque son propias del ser humano. El amor, la bronca, la pasión y también la inteligencia. Así que yo no voy a usar la expresión de esa manera.  Me voy a referir a herramientas digitales o a tecnología, sin entrar en ese lado, por supuesto, esto no es el lamento de un fabricante de carretas que se queja porque se inventó el automóvil, sino simplemente y un poco quizá en línea con lo que más me identifico».

«Creo que hay que seguir advirtiendo sobre el peligro sin renegar jamás el impulso, sobre todo al valor de la serenidad que nos ha dado la tecnología, pero que la serenidad no opte al razonamiento, que la serenidad no opte a la apreciación humana de las cosas,  que la serenidad no opte al sentimiento, al aspecto valorativo», sostuvo el magistrado.

«Hoy me atrevería a decir que casi encabezan los rankings de asuntos que tenemos a resolver, las cuestiones bancarias, las intromisiones de hackers de toda especie mediante invasiones a sistemas informáticos de los bancos y los robos de dinero a la gente. Pero más allá de todas esas cosas que son ritmos propios de cada avance que se produce en la humanidad, desde hace un buen tiempo esta parte yo no voy a mencionar lo que pensé ni lo que escribí con respecto a los efectos que la tecnologización forzosa tiene en gente que todavía está viva y no tiene la familiaridad informática para manejarse en este mundoque se les pone, a veces impunemente  o a veces salvajemente. Nuestros abuelos, nuestros viejos que por ahí todavía nos tenemos que no entienden cómo ya no es un cajero el que le pone el sello  en la factura de Metrogas sino que se puede hacer con un clic  a través de la compu  y entonces al nieto le enseña como nosotros que por ahí son  para los hijos ya más grandes le podemos mostrar que aprendimos esa nueva familiaridad», explicó Tambussi.

«Hay que tocar un poco el código necesita el auxilio de la tecnología para implementar en muchas cosas que hace en nuestra aplicación de toda la vida por ejemplo razonar que tenemos sistemas diferentes entre los ministerios públicos y la justicia y que a veces nos causan problemas en la época de la voz de la tecnología en una simple vista que tenemos órganos públicos que tienen bases de datos de domicilios electrónicos constituidos y tenemos que ver cómo interconectarlas por ejemplo en otro formato que por ahí podría tener una implicancia directa en facilitar uno de los a veces más titánicos esfuerzos procesales que es notificar al demandado con toda la cosa que el código prohibió pero que seguimos teniendo problemas de forma que yo advierto», concluyó el juez.