Revocan la última medida cautelar que suspendió las obras del paso bajo nivel de la avenida Balbín

Por el 6 de diciembre de 2016
La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad habilitó la reactivación de los trabajos para la construcción de un paso bajo las vías del ferrocarril Mitre en el barrio de Coghlan, al revocar la suspensión cautelar dictada en noviembre pasado, por no encontrar acreditada conexión causal entre la obra cuestionada y el supuesto agravamiento de inundaciones en la zona.

 

La Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires resolvió hacer lugar a los recursos de apelación planteados por el GCBA y AUSA, y revocar la medida cautelar dictada el pasado 3 de noviembre por el juez de primera instancia Roberto Andrés Gallardo, en la cual se ordenó precautelarmente que se suspendan los trabajos iniciados o a iniciarse en la intersección de la avenida Balbín y las vías del ferrocarril Mitre, en el marco del proyecto para la construcción de un paso bajo nivel.

En la sentencia firmada el 2 de diciembre por los camaristas Fabiana Schafrik y Fernando Juan Lima en los autos “Valladares María Ester y otros Contra GCBA y otros Sobre Incidente de Apelación”, los magistrados realizaron un repaso de las circunstancias y resoluciones judiciales dictadas vinculadas a las obras cuestionadas en dos amparos conexos iniciados en agosto y septiembre de 2014 (entre ellas, una medida precautelar dictada y revocada en 2014, otra medida cautelar dictada en agosto de 2016 y revocada en octubre pasado, y finalmente una nueva precautelar dictada en noviembre sobre la cual se planteó la apelación en análisis).

Los camaristas, señalaron que el juez de primera instancia “sustentó su resolución en una serie de elementos novedosos, denunciados como ‘hechos nuevos’” -la falta de comunicación al Comité Interjurisdiccional de la Cuenca Arroyo Medrano de la realización de la obra, un severo anegamiento acaecido a principios del mes de noviembre próximo pasado en la zona de la obra, y las inquietudes e intranquilidad que habría manifestado un ingeniero del GCBA, en una reunión mantenida con los actores-, y afirmaron que “tales hechos no permiten considerar acreditada la verosimilitud del derecho”, por lo que “la medida nuevamente adoptada por el Sr. juez de grado debe ser revocada”.

“En primer lugar, tales elementos no alteran, a criterio del tribunal, el punto esencial en el que se sostuvo la decisión adoptaba en los autos conexos “Sioutis” el 14/10/16. En efecto, las circunstancias apuntadas por los actores y la resolución apelada no acreditan, en términos de verosimilitud suficiente, conexión causal alguna entre la realización de la obra cuestionada en autos y el agravamiento de las eventuales inundaciones que pudiese sufrir la zona en la que se emplaza. Repárese en que esta relación de causa a consecuencia, que sería fundamental para avanzar con la medida pretendida por los actores, no aparece apoyada por desarrollo argumental o probatorio alguno; y ello es así, aun soslayando que, como también se señaló en la resolución dictada por esta sala en los autos “Sioutis”, se han previsto medidas de mitigación en torno a la temática hídrica”, expresaron los jueces en los fundamentos de la sentencia.

Entre los argumentos expuestos por los camaristas para revocar la sentencia se destaca que, por tratarse de una obra vial y no hídrica, “no surge con la claridad necesaria” que la realización del paso bajo nivel implicase la afectación de la cuenca del arroyo Maldonado, y “por lo tanto, que la intervención del CICAM fuese necesaria”. También se sostiene que “las inquietudes que, verbalmente, habría planteado el ingeniero” en un encuentro entre vecinos y profesionales del GCBA y de AUSA, “lo cierto es que el soporte en el que habría quedado asentada dicha reunión no ha sido acompañado con este incidente y, por lo tanto, la ponderación de dicha prueba, por parte del tribunal, no resulta posible”. Y finalmente, “el hecho de que durante el 01/11/16 se hubiese producido una inundación en la zona tampoco conlleva a confimar la tutela cautelar”, ya que “tales circunstancias no acreditan la existencia de una conexión entre la obra cuestionada y el agravamiento de la situación referida a los anegamientos”.

Por último, los camaristas realizaron un llamado de atención. “Es conveniente señalar que la circunstancia de que en este proceso de amparo, iniciado hace más de dos (2) años, aún no exista sentencia de mérito y la discusión gire en torno al planteo y replanteo de medidas precautorias conspira, en definitiva, contra el principio de celeridad que debe animar a una acción que tiende a la protección de derechos de la más alta raigambre”, concluyeron.-