Amparo que solicita ordenar al GCBA la ejecución e implementación de la ley 2240
La titular del Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo n.° 1 de la Ciudad de Buenos Aires, Romina L. Tesone, hace saber la existencia, objeto y estado procesal del presente proceso colectivo caratulado “Quinto, Natalia Gimena y otros contra GCBA y otros sobreamparo – habitacionales”, Expte. N° 12809/2019-0.
En tal sentido, se deja constancia de que la acción de amparo se inició con el objeto de que: «A. Se proceda a la ejecución e implementación de la ley 2240 de Declaración de Emergencia Urbanística y Ambiental del Barrio de la Boca, dictada en el año 2006, y que se encuentra incumplida pese al largo tiempo transcurrido. Se implemente con carácter urgente proyectos y programas específicos en los aspectos declarados de emergencia, en cumplimiento en cumplimiento con lo establecido por el art. 2 de la ley 2240. Asimismo, se ordene presentar un plan sobre las intervenciones a realizar sobre inmuebles ociosos privados, para lograr su integración y puesta en valor social, de conformidad con lo previsto en el art. 3 de la mentada ley. Se cumpla con el art. 29 de la ley 4353 del Distrito de las Artes, -norma sancionada en el año 2012-, en cuanto ordena desplegar acciones para atender a las situaciones de vulnerabilidad social en el mentado Distrito«.
Asimismo, en lo que refiere al estado procesal del expediente, señalar que «con fecha 19 de diciembre de 2019 se ordenó correr traslado de la demanda. Se digitalizaron las actuaciones con fecha 10 de mayo de 2021. Se ordenó la reanudación de plazos el 12 de julio de 2021«.
A su vez, se hacer saber a los interesados que –en el plazo de diez (10) días a partir de la toma de conocimiento de lo aquí dispuesto– podrán presentarse en autos a los efectos de intervenir en el proceso y que el expediente se encuentra disponible para su consulta a través de sistema informático “EJE”.