Balbín: “Los jueces intervenimos en el diseño de políticas públicas”

Por el 13 de junio de 2014

El camarista porteño Carlos Balbín reconoció el rol de la justicia en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad en materia de políticas públicas durante su exposición en el II Congreso Internacional de Abogacía Estatal, Local y Federal. También resaltó la necesidad e importancia de fomentar el diálogo constructivo de los jueces con el poder político para la búsqueda de consensos.

 

Este martes 10 de junio, en el marco del II Congreso Internacional de Abogacía Estatal, Local y Federal, el vínculo entre Poder Judicial y poder político fue analizado y abordado por el juez de la Sala I de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires Carlos Balbín. El magistrado, quien participó del panel “La Autonomía de la Ciudad de Buenos Aires en Acción, a veinte años de la Reforma Constitucional de 1994”, reflexionó en torno al rol del fuero que integra en el diseño de políticas públicas, desde su mirada de especialista en Derecho Administrativo y Administración Pública y en Derecho Constitucional y Ciencias Políticas.

En el Hotel Panamericano, acompañado en el panel por la abogada constitucionalista Marcela Basterra y el especialista en Derecho Administrativo Patricio Sammartino, el camarista porteño aprovechó la oportunidad para exponer en torno a cómo se construyó el derecho administrativo y señalar que muchas de las leyes centrales en la construcción de esta especialidad fueron dictadas por gobiernos militares. “¿Cómo es posible, con distintos marcos constitucionales, incluso contrapuestos, construir las mismas leyes de derecho administrativo?”, se preguntó el magistrado. “Esta perspectiva, nos permite, nos invita o quizás incluso nos exige repensar el derecho, el papel del Poder Judicial, del Contencioso Administrativo, desde el marco constitucional”, planteó Balbín y resaltó la importancia de comenzar el análisis del Fuero Contencioso “a partir de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires”.

En este sentido, el juez de la Cámara CAyT destacó dos ejes en el desarrollo del fuero. En primer lugar, el artículo 10 de la Constitución local, el cual dispone “que la omisión o la insuficiencia en la reglamentación de los derechos no supone en ningún caso negarlos, de modo que el juez, a partir de esta manda constitucional, está obligado a hacer valer los derechos aun cuando estos no hubieran sido objeto de reconocimiento legislativo o, en su caso, administrativo”. En segundo lugar, Balbín remarcó el eje de las políticas públicas, y de la política de vivienda en particular, pues permite reflexionar sobre diversos aspectos en relación con el papel de los magistrados.

“Los jueces que partimos de esta Constitución de 1996 hemos tenido un papel activo en el desarrollo de la política pública de vivienda en la Ciudad de Buenos Aires”, aseveró. También aclaró que “el hecho de que un precedente judicial puntual reconozca un derecho, no permite decir categóricamente que ese derecho está reconocido”, y reconoció que, en el marco del derecho contencioso administrativo se han introducido procesos de características colectivas que permiten al juez, “de alguna manera, intervenir en el diseño de las políticas públicas”.

A partir de este punto, Balbín analizó la interacción entre el Poder Judicial y el poder político, tanto Legislativo como Ejecutivo. Se preguntó si los jueces deben o no participar en el diseño de políticas públicas y cuál es, en general, el papel que le corresponde a cada uno de los poderes en esta actividad.

Según Balbín, desde la perspectiva del principio clásico de la división de poderes es casi inaceptable pensar que los jueces diseñen políticas. En este sentido, afirmó: “Cuando uno piensa que el diseño constitucional nos lleva a que el poder político, en el cual está representadas mayorías y minorías, diseñe las políticas públicas esto es razonable, pero también es cierto que muchas veces en ese camino no se reconocen satisfactoriamente los derechos y de ahí, por tanto, la necesidad de que también intervengan los jueces”.

“Cierto es también que la intervención de los jueces conduce a soluciones desigualitarias, porque el juez no tiene en cuenta los distintos colectivos, por ejemplo en términos de acceso a la vivienda, sino meramente de aquellos que se presentan en el marco de un proceso judicial”, sostuvo.

Y se preguntó: “¿Hacia dónde debemos continuar construyendo el vínculo entre Poder Judicial y poder político en la Ciudad de Buenos Aires? ¿Volver, por tanto, quizás al modelo clásico? Yo creo que no. ¿Insistir con este modelo de intervención del Poder Judicial en el diseño de políticas públicas? Sí, pero con modificaciones. Creo en definitiva que en estos 14 años se ha avanzado mucho en esta interacción entre Poder Judicial y poder político en crear un Poder Judicial más participativo y se han creado instrumentos puntuales justamente que tienden a crear o a contribuir más participación en los procesos judiciales. Debemos por tanto apuntalar el otro pilar propio del estado social y democrático de derechos que es el consenso”.

Finalizando el magistrado destacó la necesidad de crear mayor diálogo a través de los procesos judiciales entre ambos poderes. “Creo que es una oportunidad interesante para que los jueces reflexionemos y discutamos con el poder político la creación de un modelo distinto que sea capaz de satisfacer más y mejores derechos. En definitiva se trata quizás de democratizar el Poder Judicial, pero no en los términos en que lo ha planteado el Poder Ejecutivo a nivel nacional, es decir a nivel de mayores restricciones al poder del juez, sino por el contrario reconocerle quizás igual o mayor poder al juez pero en un diálogo constructivo con el poder político. Por eso, en definitiva, tras 14 años de reconocimiento de éxitos pero también de errores creo que es necesario que entre todos pensemos un Poder Judicial y un proceso judicial más democrático”, concluyó.