Los objetivos del proyecto del nuevo Código Procesal Civil y Comercial de la Ciudad de Buenos Aires

Por el 5 de noviembre de 2021

El consejero juez Gonzalo Rua recapituló lo debatido en los dos primeros encuentros de la «Mesa de Trabajo Ad-Honorem Código Procesal Civil y Comercial de la Ciudad de Buenos Aires»

Durante la «Mesa de Trabajo Ad-Honorem Código Procesal Civil y Comercial de la Ciudad de Buenos Aires», realizada el pasado miércoles 3 de noviembre, el consejero juez Gonzalo Rua sintetizó conclusiones de los dos primeros encuentros convocados por la Comisión de Transferencia del Consejo de la Magistratura porteño para la redacción de una norma que instituya y regule el nuevo Código.

En primer lugar, el titular del juzgado Nº 6 recordó que «el objetivo claro de este proyecto es que sea un Código eficaz, eficiente, con buen acceso a la Justicia, que incluya principios fundamentales como el de debido proceso, la oralidad, la inmediación, la importancia del juicio oral en materia penal, la lealtad procesal, el expediente electrónico, la economía procesal y la tutela judicial efectiva”.

Mencionó “los riesgos hablados en el encuentro pasado», los cuales son principalmente «no caer en normas que respondan a modelos adversos, y qué tipo de verdad queremos construir, si más consensuada, que el juez se introduzca más o no…». «Tenemos que ver principios de orden público en relación a esto, y también están las etapas y los tiempos muertos entre una y otra», explicó.

A continuación, abrió la mesa a nuevos debates «para discutir entre todos», y en el transcurso de casi dos horas, expusieron diversos especialistas, entre ellos el Dr. Mateo Laborde, el Dr. Marcos Fandiño, con la moderación de Fabián Leonardi.

Para concluir el encuentro virtual, Rua repasó lo charlado en la mesa de trabajo y analizó que se tomaron como «pauta importante» las medidas alternativas para la resolución del conflicto, evitando la mirada burocrática.

«Tomamos como idea también las tres etapas bien marcadas que tenemos que tener en el Código y que son muy relevantes para tener una suerte de juegos de principios, de dirección del proceso y de economía procesal para poner al juez fuera de la discusión rol activo-pasivo sino en la discusión de cómo se puede solucionar el conflicto con el menor contenido de violencia posible», expresó.

Por otra parte, recapituló lo debatido acerca de cómo regular las partes de prueba anticipada: «Tenemos que pensar en el trazo fino de en qué momento se puede hacer una prueba anticipada para que no se convierta en una regla de anticipo probatorio sin control y sin mediación, sino para una salida alternativa».

Sumado a ello, sintetizó la información relativa a «la posibilidad en estas etapas de dejar al juez como solucionador del conflicto y fijar cuáles son los puntos centrales del debate y los puntos contradictorios, y empujar a que las partes realicen acuerdos probatorios».

«A mí me gusta cerrar y arrancar con el tema para dar un seguimiento», concluyó antes de agradecer a todos los presentes.