«Un juez debe analizar los actos del Estado teniendo en cuenta los Derechos Humanos»

Por el 13 de mayo de 2016
Lo sostuvo el juez y consejero Darío Reynoso, en el marco del sexto encuentro del “Ciclo de Conversatorios” que se llevó a cabo en el stand del Consejo de la Magistratura de la CABA en la 42° Feria del Libro. El magistrado expuso junto a la defensora Cecilia González de los Santos y la fiscal Laura Perugini, sobre el funcionamiento de la justicia porteña y las competencias del fuero Contencioso Administrativo y Tributario. En la reunión, con una activa participación del público, los magistrados respondieron consultas e hicieron una férrea defensa de los valores democráticos y el sistema republicano de gobierno del cual el Poder Judicial es parte.

 

Durante las numerosas actividades que se desarrollaron en el stand institucional del Consejo de la Magistratura de la Ciudad de Buenos Aires durante la 42° Feria del Libro, los encuentros entre magistrados y público tuvieron diversos formatos, entre ellos, un «Ciclo de Conversatorios sobre la Justicia de la Ciudad«. En este marco, el sexto encuentro se celebró el pasado martes 3 de mayo, con la participación del titular del juzgado N° 24 en lo Contencioso, Administrativo y Tributario y actual consejero del Consejo, Darío Reynoso, la fiscal Laura Perugini y la defensora oficial Cecilia Gonzáles de los Santos.

Con el objetivo de acercar la justicia de la Ciudad a la comunidad, a fin de que conozcan más acerca de su funcionamiento, sobre sus competencias y organización, Reynoso comenzó su exposición relatando los inicios de la joven justicia porteña a partir de la reforma de la Constitución de la Nación en el año 1994. El magistrado hizo mención que en el artículo 129 se le otorga el estatus de Cuidad Autónoma de Buenos Aires, lo que habilitó a que en el año 1996 se sancione y promulgue la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la cual se establecen los tres poderes del estado autónomo, creando un Poder Judicial propio, inexistente hasta ese momento (el Legislativo existía en el formato de Concejo Deliberante y el Ejecutivo en la municipalidad encabezada por el intendente, pero tribunales locales no existían).

El juez también señaló los ámbitos de competencia del fuero Contencioso, Administrativo y Tributario, el cual no sólo atiende incumplimientos impositivos que toman la forma de ejecuciones fiscales, sino que también resuelven cuestiones muy diversas vinculadas a la acción y omisión de los órganos estatales locales.  “Atrás de un nombre complejo y rimbombante como  ‘Fuero Contencioso Administrativo y Tributario’, se esconde algo que nos atañe a todos los ciudadanos de la Ciudad de Buenos Aires en cuestiones tan concretas como, por ejemplo, el caso en que se presentaron una serie de ciudadanos preocupados debido a la muerte de 5 chicos en una fiesta electrónica, reclamando control en este tipo de fiestas», ejemplificó.

Reynoso también mencionó el rol que debe tomar el juez en el momento decidir una sentencia. “Hoy por hoy, para un juez no basta solamente analizar las leyes y los actos jurídicos, o mejor dicho los actos administrativos que produce el Estado, en base solamente a las propias leyes y a la Constitución, sino que tiene que hacerlo teniendo en cuenta los instrumentos de derechos humanos que están incorporados en la Constitución Nacional a partir del año 1994”, dijo, en referencia al control de convencionalidad que deben efectuar los jueces.

En referencia al tipo de soluciones que la justicia puede brindar ante los conflictos que se le presentan, el magistrado expuso como ejemplo las causas que suelen iniciarse a principio de año en la Ciudad de Buenos Aires por los problemas de vacantes en los colegios públicos. “Ante el conflicto –la falta de vacantes- se inician muchas veces, a través de abogados particulares y otras a través de la defensoría pública, casos en los cuales los jueces tenemos que resolver. Muchas veces las soluciones no eran necesariamente jurídicas. Más allá de garantizar el acceso a la educación pública, si en un aula entran 45 alumnos, uno no puede poner 50 chicos. Entonces en casos como estos se trata de resolver el conflicto a través de ciertas y determinadas audiencias en las que uno trata de mediar, apelando a la buena voluntad de los funcionarios como puede ser la gente del Ministerio de Educación, para encontrar vacantes disponibles y lograr que estos chicos accedan a la escuela pública y en un lugar lo más cercano posible a su casa”, comentó.

En el encuentro, y así como lo hizo el juez, la defensora oficial y la fiscal también explicaron las características de sus roles, también en el fuero CAyT, abriendo posteriormente el espacio a las preguntas del público. Finalizando, y ante comentarios de los concurrentes al stand del Consejo de la Magistratura relativos a la última dictadura militar y al actual sistema de gobierno, los tres magistrados cerraron filas en defensa del sistema democrático e hicieron hincapié en que integran un poder del estado republicano. Tanto el juez, como la defensora y la fiscal subrayaron que pertenecen «orgullosamente» a un poder constitucional como es el Poder Judicial, que defiende la Constitución y la vigencia de las leyes; por lo cual no van a fomentar que los hechos reinen sobre el derechos, ni la fuerza impere por la fuerza misma. A modo de conclusión, se remarcó que los magistrados de la Ciudad «defiende que los hechos y el derecho vayan de la mano».