Rechazan demanda contra la Policía Metropolitana por mayor jerarquía

Por el 7 de abril de 2015
La Justicia porteña resolvió rechazar la demanda impulsada por un miembro de la Policía Metropolitana que exigía el encasillamiento a una jerarquía superior a la otorgada en su ingreso a la fuerza. En la sentencia se sostiene que la comparación con colegas que detentan una jerarquía mayor no es suficiente para probar que la categoría asignada al actor, fue producto de un actuar desigual y arbitrario de la administración.

El titular del juzgado en lo Contencioso, Administrativo y Tributario N°23, Francisco Ferrer, resolvió no hacer lugar a una demanda interpuesta por un oficial de la Policía Metropolitana, contra dicha fuerza de la cual es parte y contra el Ministerio de Justicia y Seguridad de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, mediante la cual exigía que se ordene “su encasillamiento en el grado de inspector y el pago de los haberes y suplementos correspondientes a esa jerarquía”. En la demanda, el actor no sólo solicitaba el reconocimiento de una categoría superior, sino también el pago de una indemnización “por daño emergente sufrido por las diferencias salariales entre el grado de oficial, efectivamente abonado y el grado de inspector”, y por daño moral, debido a “la afectación a sus sentimientos y por las graves aflicciones que sufrió producto de la arbitraria asignación de jerarquía y de la falta de respuesta a sus reclamos por parte de la demandada”.

En la sentencia firmada el pasado 13 de marzo, se relata que el oficial ingresó a la Policía Metropolitana en el año 2009 con motivo de la creación de la fuerza, presentándose a la convocatoria correspondiente. Según argumentó el actor, durante la entrevista para su incorporación, le habían indicado que teniendo en cuenta los antecedentes que éste traía de su participación en la Policía Federal, se le otorgaría una jerarquía de ingreso bajo el cargo de Inspector, y que, sin embargo, le otorgaron la de Oficial Mayor, que es menor a la anteriormente mencionada con todas las diferencias aparejadas que motivaron la demanda.

Por su parte, la Dirección General Administrativa y Legal de la Policía Metropolitana, presentó un informe realizado por la  Dirección de Personal, Superintendencia de Coordinación y Planificación del Desarrollo Policial, en el cual se sostuvo que “la norma o criterio utilizado para la calificación y designación de los agentes que ingresaron a la Policía Metropolitana procedentes de la Policía Federal fueron los parámetros generales para asignaciones de jerarquías al personal ingresante ‘con experiencia’, basada en los requisitos establecidos en las leyes 2894,1947 y normas concordantes”.

Ante la prueba recabada en la causa, el magistrado concluyó que “el criterio para la designación de cargos de agentes en la Policía Metropolitana no consistía en una asignación automática de categoría teniendo en cuenta únicamente los antecedentes profesionales en la fuerza de origen del aspirante” , sino que “por el contrario, los antecedentes eran sólo uno de los puntos a considerar, junto con los requisitos establecidos en las leyes 2894 y 2947, y respecto de esta última, cabe mencionar particularmente lo establecido en su artículo 19, en cuanto dispone que ‘[l]a ocupación de los cargos orgánicos de la Policía Metropolitana, será resuelta de acuerdo con el mérito y los antecedentes de los/as candidatos/as’.

Tomando en cuenta el caso de otros tres agentes con el cargo pretendido por la demanda como antecedentes, y con las pruebas presentadas por parte del Oficial Mayor, el juez Ferrer sostuvo que tras “el análisis de la normativa vigente al momento de la designación del actor, y de las probanzas de autos, se puede establecer, hasta aquí, que el actuar de la administración no contradijo el orden jurídico ni se manifestó arbitrario o irrazonable”.  «La prueba producida en autos no resulta suficiente para tener debidamente probada la desigualdad alegada por la parte actora  menos aún cuando surge de las constancias de autos que ninguno de los agentes mencionados fue nombrado en el cargo de  Inspector, que es el pretendido por el actor sin guardar similitud , y que los antecedentes personales y profesionales entre los agentes y el actor no guardan similitud alguna”, expresó le magistrado .

En los fundamentos de su fallo, el juez Ferrer también destacó que el esquema de equivalencias entre la jerarquía en la Policía Metropolitana y la de la fuerza de origen, para los aspirantes a formar parte de la nueva policía porteña  establecía el cargo de Inspector, para Personal Superior o equivalente (Fuerzas Policiales, Seguridad o Armadas) con antigüedad de más de 10 años, para el caso de Subinspector, para Personal Superior o equivalente hasta 10 años; y Oficial Mayor, para Personal Subalterno o equivalente (Fuerzas Policiales, Seguridad o Armadas) con más de 10 años de antigüedad. «En relación con el mencionado esquema, en el caso del actor, que acreditó veintiún años de antigüedad en la Policía Federal Argentina, de los cuales los último cinco años se desempeñó como Sargento, cargo que conforme el Anexo I, de la Ley 21.965 –Ley para el Personal de la Policía Federal Argentina –se encuentra dentro de la categoría de Personal Subalterno, el grado de equivalencia es el de Oficial Mayor, el cual fue el efectivamente asignado conforme la Resolución 804/GCABA/MJYSGC/09«, resaltó el juez.

Finalmente, Ferrer consideró que «la simple comparación con colegas no son lo suficientemente precisas ni categóricas como para probar que la categoría de Oficial Mayor asignada al actor, fue producto de un actuar desigual y arbitrario de la administración«. Y concluyó: “En esa inteligencia, y con las pruebas aportadas en la causa, no surgen elementos de convicción que respalden la pretensión del actor, por lo tanto y en atención a las razones expuestas debe rechazarse la presente acción”.