Rechazan suspender obras en el Pasaje 5 de Julio

Por el 9 de noviembre de 2016
La justicia de la Ciudad resolvió rechazar la medida cautelar solicitada por un legislador porteño a fin de que se suspendan las obras en el Pasaje 5 de Julio en el barrio de San Telmo, por entender que no respetan los lineamientos urbanísticos y patrimoniales. Debido a que las obras se encuentran en su etapa final, en la sentencia se remarca que “resultaría más gravoso para los vecinos la suspensión de las mismas que su conclusión”.

 

Foto iJudicial

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La jueza Elena Liberatori, titular del juzgado N° 4 en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires, resolvió rechazar la medida cautelar solicitada en el marco de la causa caratulada “Vera Gustavo Javier contra GCBA sobre Amparo”, en la cual se peticionaba la suspensión de las obras que se están realizando en el Pasaje 5 de Julio, en el barrio de San Telmo, y  su readecuación acorde a los lineamientos urbanísticos y patrimoniales establecidos para el Área de Protección Histórica N°1.

En la resolución firmada el 24 de marzo, la magistrada remarcó que las medidas cautelares contra decisiones de la administración pública deben cumplir “requisitos específicos: 1) que de la suspensión del acto no resulte un grave perjuicio para el interés público y 2) que el acto ostentare una ilegalidad manifiesta o su ejecución o cumplimiento tuviera como consecuencia mayores perjuicios que su suspensión”.

A su vez, en lo relativo a la obra cuestionada, la jueza mencionó que se solicitó la presentación de un informe por parte de la administración y se realizó una inspección del tribunal. “De dicho informe se desprende –entre muchas otras cuestiones- que la obra ‘se encuentra en su etapa final de ejecución estimándose su finalización para el 21/10/2016’.  Similar conclusión puede extraerse de las fotografías tomadas por personal del Juzgado en una visita realizada en el marco de esta causa, el día 5 de octubre próximo pasado”, expresa la sentencia.

“Sentado lo anterior, solo puede concluirse que dado el grado de avance en la obra cuestionada no se advierte un perjuicio actual que pudiera afectar elementos protegidos por el Código de Planeamiento Urbano, que sean susceptibles de ser resguardados de manera liminar.  Es decir, la medida cautelar que recaiga en autos no resultaría útil a los fines de garantizar el cumplimiento de una eventual sentencia favorable”, sostuvo Liberatori.

Por último, la jueza resaltó que “no se advierte, en el estado embrionario de este proceso, y dado el avanzado estado de la obra que se está realizando en el Pasaje 5 de julio, el perjuicio concreto y actual que autorice el dictado de una medida precautoria como la solicitada”; y destacó que “la suspensión de las mencionadas obras en el estado en que se encuentran provocaría una grave afectación del interés público, en la medida que resultaría más gravoso para los vecinos la suspensión de las mismas que su conclusión”.