Amparo por la inconstitucionalidad e inconvencionalidad del Régimen de Integridad Pública y del decreto 48/2021
La titular del Juzgado de Primera Instancia del fuero Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo de la Ciudad de Buenos Aires n.° 1, Romina Tesone, en el marco de los autos caratulados «Fundación Apolo Bases para el Cambio y otros c/ GCBA s/ amparo – impugnación – inconstitucionalidad», Expediente n.° 85669/2021-0, hace saber a los interesados que –en el plazo de diez (10) días a partir de la toma de conocimiento de lo aquí dispuesto– podrán presentarse en autos a los efectos de intervenir en el proceso y que el expediente se encuentra disponible para su consulta a través del sistema informático “EJE”.
Se dispone su publicación por diez (10) días y se deja constancia de que sólo serán admitidas aquellas presentaciones que contengan un aporte sustancial a los planteos jurídicos o fácticos contenidos en el escrito inicial y no resulten una mera reiteración de los argumentos que ya han sido planteados en autos.
A tal fin, se informa lo siguiente:
I. Partes:
Parte actora: Fundación Apolo – Bases para el Cambio y los Dres. José Lucas Magioncalda y Pablo A. Torres Barthe.
Parte demandada: Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
II. Objeto:
El expediente fue iniciado con el objeto de que se declare la inconstitucionalidad e inconvencionalidad de los arts. 62, inc. n, 71 y 102 de la ley 6357 -que establece el Régimen de Integridad Pública de la Ciudad de Buenos Aires-, así como también del decreto 48/GCBA/2021.
III. Estado procesal:
Etapa Inicial. Aún no se ha ordenado correr traslado de la demanda. Asimismo, se dispuso dar intervención al Ministerio Público Fiscal.
El expediente tramita por ante la secretaría n.° 2, ubicada en Avda. de Mayo 654, Piso 7°, de esta ciudad (correo electrónico: juz1sec2cayt@jusbaires.gob.ar).-