Comenzó el juicio por la toma del Parque Indoamericano
Luciano Nardulli y Diosnel Pérez Ojeda son los imputados por el delito de usurpación del predio ubicado en Villa Soldati. En el juicio iniciado este jueves se debatirá la responsabilidad de los acusados como participantes y organizadores de la toma y posterior retoma del parque. La primera jornada tuvo como eje principal la declaración de efectivos policiales en calidad de testigos presentados por la fiscalía.
Este jueves, minutos después de las 9 de la mañana, la titular del juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas Nº 21 de la Ciudad, Cristina Beatriz Lara, dio inicio a la primera jornada del juicio oral contra Luciano Nardulli y Diosnel Pérez Ojeda, imputados por el delito de usurpación en la causa iniciada el 6 de diciembre de 2010, a raíz de la toma del Parque Indoamericano.
De acuerdo a la imputación efectuada por el Ministerio Público Fiscal, los acusados serán juzgados por infracción al artículo 181 del Código Penal que establece una pena de seis meses a tres años para “el que por violencia, amenazas, engaños, abusos de confianza o clandestinidad despojare a otro, total o parcialmente, de la posesión o tenencia de un inmueble o del ejercicio de un derecho real constituido sobre él, sea que el despojo se produzca invadiendo el inmueble, manteniéndose en él o expulsando a los ocupantes”.
En esta jornada inicial del juicio expusieron sus argumentos las partes, se citaron a declarar a los primeros testigos ofrecidos por la fiscalía, de un total de 26, y comenzó a analizarse la prueba presentada en la causa.
Expuso, en primer lugar, el fiscal general adjunto de la Ciudad, Luis Cevasco, quien representará en el juicio a la parte acusatoria junto a Celsa Ramírez, a cargo de la Fiscalía N° 35 ante la Primera Instancia del Fuero Penal, Contravencional y de Faltas de la Ciudad. Cevasco planteó que en el curso del debate se buscará acreditar la imputación formulada en el requerimiento a juicio, es decir que Nardulli y Pérez Ojeda tuvieron una activa participación en la ocupación del parque iniciada el 6 de diciembre de 2010 y en la organización de dicha ocupación. Asimismo, que formaron parte de la retoma del predio ocurrida el 8 de ese mes, sosteniendo la organización en diversos momentos y participando o encabezando la resistencia.
En este sentido, el Fiscal General Adjunto se refirió a que más allá de las situaciones sociales difíciles que puedan existir, no se justifica la ocupación de los lugares públicos y que es necesario someterse, en palabras de Rousseau, al “dulce yugo de la ley” para poder vivir en sociedad.
En segundo lugar presentó sus argumentos Paula Quinteros, defensora particular de los imputados junto con Nicolás Tauber. La abogada sostuvo que es falso que la acusación de sus defendidos haya sido por su participación en la organización de la toma y que la defensa demostrará su inocencia. En particular, afirmó que la investigación careció de los requerimientos que requiere la técnica jurídica, tanto respecto de la imputación, la cual no resultó clara, precisa y circunstanciada, como de las instancias previas. Planteó así que la defensa buscará probar la nulidad del requerimiento de elevación a juicio.
Según Quinteros, en el requerimiento existieron diversas incongruencias. Entre ellas, no se formuló una acusación de autoría individual ni se los acusó como coautores. Por otra parte, la letrada defensora señaló que no hay posibilidad de imputación en términos de autoría mediata. Planteó que no se cumplieron los requisitos para que pueda imputarse a sus defendidos como organizadores y afirmó que “la causa se origina y deja en evidencia el derecho penal de autor prohibido por la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires”.
Agregó también que Nardulli y Pérez Ojeda son referentes sociales que se solidarizaron con una situación extrema, la profunda crisis de vivienda. “Han sido seleccionados por lo que son y no por lo que hicieron”, afirmó Quinteros. Pues la “misteriosa” desaparición de algunos imputados de la investigación señalaría la “intencionalidad de la persecución de los acusados por no comulgar con ninguno de los dos oficialismos”.
Entre los testigos citados por la fiscalía se presentó en su carácter de denunciante el Coordinador del Área Legal y Técnica de Corporación Sur, Ariel Solar Grillo. Corporación Sur tenía la administración del predio en momentos de la toma por decreto del Jefe de Gobierno. Declararon, a continuación, el empleado de Espacio Público del Gobierno de la Ciudad a cargo de césped y limpieza del parque, Roque Marullo y seis policías: el Comisario (al momento de los hechos) a cargo de la Comisaría 36 de Villa Soldati, Emilio Miragaya -cuyo testimonio sólo fue admitido con respecto a los hechos que dieron inicio al desalojo, pues está imputado en la causa por represión policial en el Indoamericano-; el entonces Jefe de Servicio Externo de la Comisaría 36, Alexis Acevedo Arenas; Claudio Marcelo Cardozo, quien realizaba tareas en la Oficina Judicial de la Comisaría 36; y tres policías de la Metropolitana que prestaban servicios en la Dirección de Vigilancias Preventivas de esa fuerza, Alfredo Omar Córdoba, Luciano Farina y Alfredo Armella.
Los testigos relataron, a requerimiento del Fiscal General Adjunto, los sucesos que presenciaron en diciembre de 2010 en el cumplimiento de sus respectivas tareas. Fundamentalmente, hablaron acerca de la disposición, tamaño y orden de las parcelas que las familias habían delimitado al interior del parque, el tipo de construcciones construidas en el predio y su finalidad, el uso que le daba la comunidad al parque antes de los hechos, la cantidad de personas en cada toma (se les consultó también en algún caso si habían reconocido a alguien que dirigiera al resto) y la actuación de la policía y la de los ocupantes (sobre todo si hubo agresiones de su parte).
Concluidas las exposiciones de los testigos citados para la primera jornada, la jueza Cristina Lara habilitó un cuarto intermedio hasta el viernes a las 9 de la mañana, momento en que se retomará la audiencia de juicio oral.
De acuerdo al cronograma establecido, para la segunda jornada la fiscalía llamará a declarar a diez testigos más, concluyendo la etapa de declaración de testimonios propuestos por la acusación el día lunes 20 de octubre.
Las audiencias se retomarán el 24, 27, 29 y 31 de octubre, con la presencia de los testigos presentados por la defensa, y la exposición de los alegatos finales de las partes.
La causa en su etapa preparatoria
En la causa por la toma del Indoamericano, intervino también la titular del juzgado en lo Penal Contravencional y de Faltas N° 14, María Gabriela López Iñíguez, como jueza de garantías durante la etapa de la investigación preparatoria.
En la Ciudad, una vez iniciada una investigación por cualquiera de los delitos transferidos al Poder Judicial porteño y agotada la posibilidad de que se resuelva el conflicto por medios alternativos, la Fiscalía formula el requerimiento de elevación a juicio ante el juez. Éste otorga un plazo a la defensa para ofrecer su prueba, fija una audiencia en la que se admiten o no las pruebas presentadas por las partes y envía la causa a un nuevo magistrado que es el que realiza la audiencia de juicio oral. Es decir que a la etapa de juicio sólo llega la prueba admitida y el requerimiento de juicio. El nuevo juez sorteado, en este caso la magistrada Lara, no posee más conocimientos que éstos del expediente, lo cual permite que presida la audiencia sin preconceptos.
El requerimiento de elevación a juicio se realizó en esta causa el 20 de marzo 2012 y el pasado 14 de julio se llevó a cabo el sorteo que determinó que el juicio tramitara ante el Juzgado N° 21. La investigación realizada por la fiscalía había permitido identificar a otras cuatro personas más pero dos de ellas llegaron a un acuerdo mediante una mediación penal y acordaron realizar tareas comunitarias, mientras que los otros dos imputados fueron sobreseídos por falta de pruebas.
Diosnel Pérez Ojeda es actualmente el presidente de la junta vecinal de la Villa 20 y miembro del Frente Popular Darío Santillán y Luciano Nardulli es dirigente de la Corriente Clasista y Combativa.