Autonomía porteña: La justicia de la Ciudad ante los fallos de la Corte
Magistrados de la justicia local de ambos fueros opinaron a propósito de los fallos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que avalaron la autonomía porteña
El actual consejero y juez de primera instancia del fuero Contencioso Administrativo y Tributario local, Darío Reynoso, en diálogo con iJudicial, aseguró que «estos fallos, enmarcados en la línea de los precedentes Corrales y Nisman, constituyen un avance de la Corte desde la exhortación a la acción». Y agregó que «la definición de la competencia del Tribunal Superior de Justicia para resolver los conflictos de competencia entre dos órganos jurisdiccionales con competencia no federal con asiento en la Ciudad, y la declaración de la competencia originaria de la Corte en causas en que la Ciudad sea parte, emergen, por un lado, como resultado de la dilatada inmovilidad de las autoridades políticas para concretar la plena asunción de las competencias jurisdiccionales ordinarias; y por el otro, de la trasformación política y jurídica de la urbe a partir de la reforma de 1994».
«Los fallos fortalecen el derecho de sus habitantes a someter sus pleitos y ser juzgados por su propia justicia y el status institucional de Buenos Aires en un marco federal de igualdad y, en los hechos, contribuyen al efectivizar mandatos constitucionales, a evitar posibles avances del gobierno central en menoscabo de las facultades jurisdiccionales locales», concluyó el consejero porteño.
A raíz de lo resuelto por la Corte en autos “Bazán, Fernando s/amenazas” y ante lo que el propio Tribunal Cimero dio en llamar el “inmovilismo” de las autoridades políticas por más de un cuarto de siglo debido a la falta de concreción del traspaso de la justicia nacional ordinaria al ámbito de la Ciudad de Buenos Aires, la camarista del fuero Contencioso Administrativo y Tributario, Fabiana Schafrik, celebró la decisiones del más alto Tribunal y advirtió que en los autos “GCBA c/Córdoba s/Ejecución Fiscal” se “retoma la jurisprudencia que sostuvo el Máximo Tribunal Nacional -aunque en forma aislada- en ‘Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires c/ Chubut, casa de la Provincia del s/ejecución fiscal’ (Fallos 326:229). Allí, con fundamento en el ‘régimen de gobierno autónomo con facultades propias de jurisdicción’ de la Ciudad y el carácter de aforada de la Provincia del Chubut, el Ministerio Público de la Nación dictaminó que el conocimiento de la causa correspondía a la instancia originaria de la Corte Suprema de Justicia de la Nación; argumento que compartió la Corte en pleno”.
La magistrada concluyó señalando que “estos fallos intentan dar vigencia material a la letra constitucional, ante la falta de resolución de los órganos políticos para que el designio autonómico, al que está llamada nuestra Ciudad, se cumpla».
Mientras tanto, para el titular del Juzgado n.° 1 en lo Penal, Contravencional y de Faltas, Rodolfo Ariza Clerici, la Corte Suprema de Justicia resignificó la interpretación del art. 24 inc. 7° del decreto-ley 1285/58. «Esta doctrina reconoce la autonomía plena porteña (arts. 125 y 129 de la CN) para organizar su propia justicia y materializar el proceso de transferencia de las competencias, no solo penal, sino civil, comercial y laboral, al ámbito local», advirtió al respecto.
«No podemos negar que la transferencia es un proceso complejo que requiere acuerdos políticos en distintos ámbitos: además de competencias, conlleva el traspaso de órganos y personal, así como de los recursos y de los bienes correspondientes a la labor de los órganos transferidos, pero tampoco debemos permitir que algunos intereses particulares se perpetúen en desmedro de la garantía de acceso a la Justicia y los derechos de los ciudadanos que se ven perjudicados frente a la prolongación indebida de los procesos políticos», concluyó el magistrado.
María Lorena Tula del Moral, jueza del mismo fuero porteño, también celebró los fallos y aseguró que «reconocen la autonomía otorgada a la Ciudad Autónoma en materia legislativa, gubernamental y jurisdiccional; principalmente respecto del status jurídico y sus facultades de jurisdicción, tal como fue establecido en nuestra Constitución Nacional».
Además, indicó que ambos plasmaron «el reconocimiento que hace años esperamos todos y todas las y los operadores de Justicia de la Ciudad». Para luego afirmar que «esta toma de posición de nuestro máximo Tribunal es un claro indicador de que la transferencia total de competencias penales se hará efectiva en el corto plazo«. La magistrada concluyó que «la transferencia significará una mejora sustancial en el servicio de justicia para la ciudadanía en general, porque se encontrarán con un Poder Judicial sólido, que cuenta con un sistema procesal moderno y eficiente y que hace años se prepara para este desafío».-