Martín Furchi reflexionó sobre el impacto de la tecnología en la labor del Poder Judicial durante la pandemia
El juez analizó en el «Segundo Encuentro del Conversatorio: Proceso Judicial y Sistemas Informáticos» las nuevas posibilidades que presentó la virtualidad en la Justicia desde el inicio de la pandemia, entre ellas la realización de «audiencias y pericias online y de inspecciones oculares con una Tablet». Además, señaló cuestiones a perfeccionar, como «tener un control mucho más fehaciente y palpable de las presentaciones electrónicas que ingresan y el estado en el que se encuentran».
Este miércoles 29 de septiembre se realizó de forma online el Segundo Encuentro del Conversatorio: Proceso Judicial y Sistemas Informáticos, organizado por la camarista de la Sala I en lo Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo, Fabiana Schafrik, la jueza Lidia Lago -titular del juzgado n.º 7 del mismo fuero- y el Centro de Formación Judicial. Entre los expositores invitados estuvo el juez Martín Furchi, titular del juzgado Nº 16, quien habló sobre «de qué manera las innovaciones y herramientas tecnológicas nuevas condicionaron y favorecieron a la tutela judicial efectiva».
En primer lugar, Schafrik agradeció la participación del magistrado Furchi y del también expositor Patricio Urresti -fiscal del fuero Contencioso- y de los moderadores Federico González y Milagros Flores; además del apoyo del Centro de Formación Judicial y el Consejo Académico.
“La idea de este conversatorio es empezar a reflexionar o compartir las reflexiones sobre la incidencia de los cambios tecnológicos en nuestra labor diaria, de la mano de funcionarios y magistrados del fuero. La pandemia aceleró este camino, porque ya íbamos andando hacia el expediente electrónico pero la pandemia aceleró los tiempos de esta modificación”, expresó a los usuarios que seguían de forma remota el Conversatorio.
A continuación, el titular del juzgado n.º 16 explicó que en su alcance más completo, «la tutela judicial efectiva implica el acceso a la jurisdicción sin obstáculos formales, en un plazo breve o razonable; además de que se pueda argumentar y ofrecer prueba, y que en ese plazo el juez dicte una sentencia fundada en derecho, y que esa sentencia se pueda ejecutar». «Y en mi entender, estas innovaciones tecnológicas engrosaron este principio», adelantó el juez.
En relación al acceso a la jurisdicción, Furchi recordó la Resolución 2 del 2021 del Consejo de la Magistratura sobre Presentaciones Electrónicas, y la reforma del Código Civil y Comercial en el 2020, vinculada con notificaciones electrónicas y el domicilio electrónico. «Esto que parece una cuestión meramente de que todo el mundo pueda ingresar por la computadora, a mí me llamó más la atención en cuanto a lo que son las barreras de distancia, porque un obstáculo al acceso a la jurisdicción puede no ser simplemente un plazo sino también la distancia física, y para persona que litigaba en la Ciudad de Buenos Aires pero que no vivía cerca del juzgado eso le presentaba un obstáculo», ahondó.
Por lo que el magistrado sintetizó que «estas modificaciones al Código y estas resoluciones que fueron coadyuvando a que todas las presentaciones sean electrónicas han engrosado el acceso a la jurisdicción sin obstáculos formales, y esto también sirve a los fines de la igualdad real de oportunidades».
Por otra parte, sostuvo que «la implementación de estas herramientas tecnológicas ha favorecido a que los procesos tengan un plazo razonable o breve porque las notificaciones electrónicas, los traslados vía mail, los oficios que llegan al mail del tribunal o por EJE y las presentaciones online hacen que se acorten las comunicaciones. Y habló desde su experiencia personal: «Me pasa en el juzgado que un traslado que sale hoy a las 2 de la tarde en muchas ocasiones a las dos horas está contestada por las partes, porque justamente toda esta cuestión hace a la inmediatez y a la rapidez del trámite».
Ahondando en el tema de la virtualidad, resaltó lo que ocurre actualmente con las audiencias online: «Pueden ser llamadas para los pocos días porque no es necesario que las partes se preparen para hacer un viaje hasta el juzgado, no hace falta que una persona falte a su trabajo si tiene que ser citado como testigo, las citaciones son más rápidas y la inmediatez se cumple igual porque todos aparecen en la pantalla».
Sin embargo, señaló la cuestión de la privacidad y afirmó que «debe haber alguna alternativa informática para que los datos de las personas que integran o participan de la audiencia no aparezcan a todo el mudo, no sean visibles; así como el tema de la transcripción para personas con discapacidad, que no pueden ver lo que pasa vía pantalla». «Son cuestiones que hay que trabajarlas, hay que buscar alternativas desde la cuestión informática y siempre pensando en las normas sociales que protegen», agregó al respecto.
Más allá de las puntualidades a resolver, Furchi recalcó que «esta implementación desde lo tecnológico, de que nos podamos ver al mismo tiempo todos los que estamos en la audiencia, desde el lugar donde cada uno tiene acceso a una computadora, y a la vez subir a la pantalla la documentación necesaria y el material jurídico relevante sobre el cual se está discutiendo, favorece la cuestión relativa a argumentar y ofrecer prueba, los plazos breves, y no concurrir a la sede del tribunal para participar de las audiencias».
En particular, indicó que «todas estas nuevas características del proceso favorecen la integración, la Litis de todos aquellos que quieran decir algo y saber que está pasando en procesos colectivos, y hay un mayor control de los actos del juzgado, que no es más ni menos que la publicidad de los actos de gobierno». «Nosotros tenemos que rendir cuentas de lo que está pasando y en el sistema que tenemos, donde en cada actuación figura el minuto y segundo que firmamos cada tema y aparecen audiencias video filmadas, hay un control y una publicidad clara de los actos del juzgado, con la salvedad de las cuestiones sensibles que deben ser resguardadas», detalló.
Ya finalizando, destacó el «acotamiento de la brecha social que puede haber entre aquellos colectivos que por distintas razones no pueden acceder o no tienen forma de saber que está pasando en la causa»: «Ahora podemos anoticiar a la gente por muchos nuevos mecanismos informáticos».