Edicto del Juzgado n.º 10 en lo Contencioso Administrativo y Tributario
El Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo y Tributario n.º 10 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sito en Av. Pres. Roque Sáenz Peña 636 4to piso (Frente) de la Ciudad de Buenos Aires, a cargo del Dr. Aurelio L. Ammirato, Secretaria n.º 20 a cargo de la Dra. Verónica D. Franceschi, de conformidad con lo previsto en los arts. 129 y 130 del Código Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires (CCAyT; Ley 189) y en el marco del expediente “Kechichian, Guillermo Luis y otros contra Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y otros sobre Amparo – otros”,(Expte. 78628-2017/0), cita y emplaza por el término de quince (15) días a contar desde la última publicación del presente, a todos aquellos interesados, a efectos de que si así lo desean puedan presentarse y tomar participación en la causa dentro del plazo común de quince (15) días hábiles judiciales. El expediente se hallará disponible en Secretaría para que pueda ser consultado durante el lapso indicado. Las eventuales presentaciones de los miembros del grupo serán admitidas solamente si aportan una argumentación propia –es decir, que proporcione nuevos fundamentos a favor o contra la pretensión- cuyo contenido persuada a este estrado de que su incorporación supone una contribución sustancial al desarrollo del proceso por su pertinencia al objeto de debate y su relevancia para la decisión del caso.
A tal fin, se hace saber que el objeto de la pretensión consiste en ordenar al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (Ministerio de Educación e Innovación) que suspenda la ejecución del Acuerdo instrumentado mediante el Acta n.º 2 de la Supervisión Coordinadora de Educación Física, suscripta el día 3 de abril de 2017, en cuanto elimina del plan de natación las clases para el nivel inicial, lo cual estaría afectando a los niños y niñas que acuden a las salas de 4 y 5 años (Nivel Inicial) de la Escuela n.º 4, D.E. n.º 16 «Coronel Mayor Álvarez Thomas», hasta tanto se dicte sentencia definitiva en estos actuados.
El auto que ordena el presente en su parte pertinente dice: “Buenos Aires, 24 de agosto de 2018. (…) La comunicación dispuesta en el punto I precedente se instrumentará por los siguientes medios: a) la publicación de edictos, por el plazo de tres (3) días (cfr. arts. 129 y 130, CCAyT), en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, en el sitio web del Poder Judicial de la Ciudad y en la tablilla del Juzgado. A tal fin, confecciónese el texto pertinente y ofíciese por Secretaría; b) en las carteleras que estuviesen emplazadas en la sede de la Junta Comunal n.° 10. A tal fin, líbrese oficio por Secretaría al Sr. Secretario de Gestión Comunal y Atención Ciudadana; c) mediante el Sistema de Difusión Judicial del Departamento de Información Judicial del Consejo de la Magistratura.”.
Fdo.: Aurelio L. Ammirato (JUEZ).
Dado, sellado y fechado en mi público despacho, en la Ciudad de Buenos Aires el 28 de agosto de 2018.-