Suspenden obras en la peatonal Perú para proteger a los artesanos

Por el 16 de marzo de 2015
Ante el incumplimiento de la medida cautelar decratada en junio de 2012 en la que se disponía no innovar en la situación de los artesanos emplazados sobre la calle Perú, la jueza Patricia López Vergara ordenó al Gobierno de la Ciudad que suspenda las obras para la instalación de un toldo para el uso de la confitería London City, y se abstenga de autorizar la instalación de mesas y sillas sobre dicha arteria. La ampliación del espacio de servicios de la confitería sobre la peatonal “impactaría significativamente en la actividad que desarrolla el colectivo de artesanos” en aquella arteria.

 

Frente a la denuncia efectuada por un grupo de artesanos en la que se señalaba que se estaría planificando la instalación de un toldo para que la confitería “London City” pueda instalar mesas y sillas en la cuadra, la jueza porteña Patricia López Vergara –en su calidad de subrogante del Juzgado N° 2 en lo Contencioso Administrativo y Tributario- dio por acreditado el incumpliento de la medida cautelar de no innovar dictada en junio de 2012 en la que se decretó suspender toda acción que modifique la situación de la venta de artesanías sobre la calle Perú,entre la avenida Julio Argentino Roca y Rivadavia. En consecuencia, ordenó «al Gobierno porteño que suspenda –de modo inmediato- las obras de construcción de la estructura metálica destinada a la instalación de un toldo para la confitería London City sobre la peatonal Perú»; y que “se abstenga de autorizar –o suspenda, en el caso de que dicha autorización ya haya sido concedida- la instalación de mesas y sillas hasta tanto se acredite que se encuentra debidamente asegurada la labor de los artesanos en su emplazamiento original”.

En la resolución firmada el 9 de marzo, la magistrada porteña sostuvo que el emplazamiento de un toldo frente a la confitería y la instalación de mesas sobre la peatonal Perú  “impactaría significativamente en la actividad que desarrolla el colectivo de artesano, que se vería impedido de instalar sus puestos de artesanía”.

En los fundamentos de su fallo, la jueza remarcó que “se encuentra vigente una manda cautelar que expresamente ordena al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires que se abstenga de innovar en relación a la situación de hecho en la que se encuentran los actores”. Tal medida “tutela el derecho a trabajar de un colectivo de artesanos que venden el producido de su trabajo en la calle Perú y que incoaron la presente acción en reclamo de reconocimiento y protección para la actividad que desarrollan que constituye el único medio de subsistencia de sus grupos familiares”. Sin embargo, según señaló López Vergara, existen dos situaciones generadas por el Gobierno porteño que entran en conflicto con tal medida. 

Por un lado, el Ejecutivo local  “ha contratado la ejecución de una obra a fin de poner en valor del Microcentro porteño que involucra la nivelación de calles y veredas y la incorporación de nuevo mobiliario urbano”. Según indica la resolución, “esta obra se inició a principios del mes de febrero y persiste hasta el presente” y en consecuencia, “parte de los actores que allí desarrollan su actividad se han visto privados de hacerlo en su emplazamiento original, circunstancia que motivó la oportuna intervención del Tribunal que ordenó el traslado -provisorio y mientras se extienda la ejecución de las obras- del colectivo de artesanos a la calle Florida, entre Rivadavia y Diagonal Norte, a fin de tutelar su derecho a trabajar”.

Por otra parte, el Gobierno de la Ciudad “habría autorizado y/o contratado y/o tolerado la construcción de una estructura metálica permanente para sostener un toldo sobre la peatonal Perú, desde su intersección con avenida de Mayo y a lo largo de la fachada de la confitería London City”.   La estructura funcionaría para la instalación de mesas y sillas para los clientes de la confitería y ocuparía “entre un 30%  y un 40% de la calle Perú”. “Por lo que la superficie destinada a la circulación peatonal se vería a futuro considerablemente reducida, circunstancia que impactaría significativamente en la actividad que desarrolla el colectivo de artesanos que se vería impedido de instalar sus puestos de artesanía en su emplazamiento original, apenas se termine con la obra de puesta en valor de la peatonal de marras”, expresó la jueza.

Finalmente, la jueza López Vergara resaltó y cuestionó «la resistencia del GCBA a brindar la información reclamada por el Tribunal» señalando que la presentación en la que se informan las obras en ejecución en la peatonal Perú «se omite toda mención a la estructura que se estaba ya construyendo» y que «dicha omisión persistió en la audiencia que tuvo lugar el pasado 27 de febrero».  «Cabe destacar que la conducta que se le reclama a la Administración no encuentra fundamento en valores morales o éticos o en el deber de la demandada de colaborar con el Tribunal, sino en la obligación –perentoria e inexcusable- a la que se encuentra directamente vinculado el GCBA como consecuencia del decisorio cautelar dictado en autos», concluye la magistrada en su resolutorio.