Ohman: «Los interrogatorios son un momento clave durante la producción de juicio»
La magistrada penal expuso sobre el juicio oral en un encuentro online y señaló la relevancia de los interrogatorios ya que «es el modo en el que se va configurar las narración de los hechos» y la necesidad de que «las preguntas puedan estar establecidas, el tipo de preguntas y las objeciones».
Este miércoles 24 de noviembre, la jueza titular del juzgado N° 17 en lo Penal, Contravencional y de Faltas, Natalia Ohman, participó del encuentro sobre Juicios Orales organizado por la Comisión de Transferencia del Poder Judicial de la Nación y del Ministerio Público de la Nación a la CABA, a través de su Presidente Coordinador Dr. Gonzalo Rua, en conjunto con el Centro de Formación Judicial.
Comenzó su exposición explicando que la etapa intermedia es el momento donde se discute la prueba, «es decir donde se admite aquella prueba que se va a producir en el debate oral». De modo que concluida esa etapa intermedia, «se sortea el juez de juicio», continuó, sin dejar de aclarar el criterio que estableció el Tribunal Superior de Justicia a través del fallo Galantine, que establece como jurisprudencia que «lo único que va a llegar al juez de juicio es el requerimiento de juicio y el acta donde está la prueba admitida«.
«Lo que se intenta es que el juez que tenga que resolver acerca de este caso no tenga un conocimiento previo de la prueba de forma escrita. Esto permite una mayor calidad respecto de la imparcialidad que el juzgador vaya a tener para resolver sobre el caso», ahondó la jueza, y recordó que «acá no hay una decisión, al menos provisoria, de un juez anterior que estableció cierta indicación con relación a la existencia provisoria de los hechos y de la prueba, sino que es un caso que va a llevar el fiscal cuya prueba desconoce el juez que se sienta en el debate y desconoce también la prueba ofrecida por la defensa y por la querella si es que la hubiera».
De modo que, según Ohman, «estas son las condiciones que impone esta doctrina y jurisprudencia». Luego, expresó que cuando llega el caso ante el nuevo juez «se tiene que citar a juicio, se fija la audiencia y se citan a los testigos y a los peritos, cada una de esas pruebas que se van a producir están a cargo de la producción de cada parte». «Lo que no se produzca en esa audiencia no va a ser valorado por el juez al momento de resolver», profundizó. E hizo referencia a un dato importante: «Esta citación a juicio es la que interrumpe la prescripción de la acción de acuerdo lo que prevé el artículo 67 en el Código Penal».
Por otro lado, en el debate oral, la jueza indicó que «los testimonios sí se tienen que producir y no pueden ser valorados por escrito porque lo que prima es la posibilidad de controlar y examinar directamente esa prueba«. » Y existe la posibilidad de incorporar nueva prueba, es decir cosas que sean necesarias ofrecer que no lo fueron durante la etapa de respuesta en la etapa intermedia o si el fiscal necesita incorporar una prueba que resulta relevante, justificando la necesidad de ese ingreso puede ingresar durante el debate y ser admitida en esa ocasión», aclaró.
A raíz de su afirmación de que los interrogatorios «es un momento clave durante la producción de juicio» ya que «es el modo en el que se va configurar las narración de los hechos» y «lo cierto es que nuestro Código Procesal no tiene predisposiciones legales específicas para efectuar preguntas«, señaló como importante que «las preguntas puedan estar establecidas, el tipo de preguntas y las objeciones». «El artículo 297 del Código Procesal Federal nuevo nos adelanta cómo pueden ser los interrogatorios, por eso la audiencia de buenas practicas podría permitir que las partes acuerden que tipos de preguntas se van a admitir, si se van a admitir los contraexámenes, cuales van a ser las objeciones que van a ser admitidas para pre-ordenar previamente cómo se va a desarrollar el debate, poniendo esto a consideración de las partes porque no está regulado en el Código Procesal de la Ciudad», fundamentó.
Por último, la titular del juzgado N° 17 hizo hincapié en que «es importante lo vinculado a cómo las partes se van a desenvolver de acuerdo a estas reglas prefijadas al momento de desarrollar las preguntas». «Me parece que es un punto que no está establecido en el Código, y puede esta guía de buenas prácticas -que nace de la necesidad de desarrollar juicios de forma semipresencial o remota- ser utilizada para poder acordar estos puntos», finalizó.