Francisco Ferrer expuso sobre la responsabilidad del Estado
El juez Contencioso, Administrativo y Tributario, Francisco Ferrer, participó en el Congreso sobre “La responsabilidad del Estado, funcionarios y empleados públicos” que se desarrolló en la Legislatura porteña, organizado por el ministerio de Justicia y Seguridad del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires
El titular del Juzgado n.° 23 en lo Contencioso, Administrativo y Tributario del Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires, Francisco Ferrer participó, en calidad de expositor, en el sexto panel: “Las competencias locales para regular la responsabilidad del Estado”, en el marco de las jornadas «La Responsabilidad del Estado, funcionarios y empleados públicos» que se desarrollaron el 7 y 8 de agosto. Allí compartió la mesa junto a Carlos Castel, quien se desempeña como Subgerente Operativo de Asuntos Jurídicos de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Justicia y Seguridad del GCBA; María Eugenia Paredes, actual Directora General Técnica, Administrativa y Legal de la Jefatura de Gabinete del GCBA; y la Fiscal ante la Cámara en lo Contencioso Administrativo y Tributario porteña, Karina Cicero.
El magistrado, en el comienzo de su exposición, señaló que “la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tiene competencia para regular la responsabilidad del Estado» y mencionó que «el propio Código Contencioso estableció dos supuestos especiales de responsabilidad del Estado: en el caso que obtenga medidas cautelares abusivas o a la hora de cumplir una sentencia de condena no lo hagan en forma debida”.
Además, el titular del juzgado 23 analizó que «tenemos una actividad que desarrolló el legislador local y un sistema que -a la hora de determinar los casos en que exista responsabilidad del Estado local- la podríamos dividir por lo menos en tres facetas». «En algunos casos hasta ahora veníamos cubriendo el vacío, sí existía un aspecto de regulación local, aplicando analógicamente normas del derecho privado. Y dependemos ahora, si es el Código Civil o el Código Civil y Comercial de la Nación, de acuerdo a la fecha cuando se produjo el daño, qué es lo que determina con qué integramos analógicamente”, agregó. “También aplicamos, sobre todo en materia de reparación de daños y en materia ambiental, la ley de presupuestos mínimos”, advirtió.
En el cierre de su exposición, Ferrer aseguró que “la decisión de repetir la tradición jurisprudencial tal como estaba y tal como intentó el legislador nacional, por lo menos no resulta útil o no va a solucionar, todos los temas que continuamente transitan por tribunales y los que se avecinan”. “Si nos quedamos detenidos ahí, vamos a continuar tomando las decisiones recurriendo a integrar analógicamente o aplicando directamente normas de la Constitución” concluyó.-