Justicia y salud mental, entre la teoría y la práctica

Por el 11 de noviembre de 2014
Con eje en los conflictos relacionados a la salud mental, el acceso a la justicia y la intervención de los tribunales para la efectividad de derechos, la camarista Mabel Daniele señaló las dificultades que esta problemática presenta. “Los procesos están diseminados por materia entre lo contencioso y lo civil, y en jurisdicciones diferentes, entre Nación y Ciudad Autónoma. Esto requiere colaboración y sensibilización”, remarcó.

 

Los derechos sociales y la categoría de vulnerabilidad en el marco de las 100 Reglas de Brasilia fue tema de análisis durante la VI Jornada de Actualización del Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires para el fuero Contencioso Administrativo y Tributario. En este marco, Mabel Daniele, presidenta de la Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario, analizó desde lo teórico y lo práctico, la realidad que enfrentan tanto los sectores vulnerados como los actores judiciales para el acceso a la justicia y garantía de derechos en materia de salud mental.

 
“El hecho que una persona sufra de problemas de salud mental, no la convierte de por sí en un sujeto vulnerable. Pero cuando los problemas de salud mental se agravan y se asocian a otro tipo de situaciones -como la pobreza, la falta de un entorno familiar de apoyo o carencias en el servicio de salud-, surge la falta de acceso a la justicia, y la necesidad de un sistema judicial como instrumento para la defensa efectiva de los sectores vulnerables”, expresó la camarista, resaltando la “efectividad” como “la clave de las 100 Reglas de Brasilia” sobre acceso a la justicia de las personas en condición de vulnerabilidad.

 

Tras señalar que las cien reglas relativas al acceso a la justicia de las personas que se encuentran en condición de vulnerabilidad por parte de la XIV Cumbre Judicial Iberoamericana, “nos obligan, en una primera parte, a reflexionar sobre las dificultades” con las que estas personas se encuentran para el pleno goce de los servicios del sistema judicial, Daniele remarcó que “la segunda parte son recomendaciones para los órganos públicos, y quienes prestan servicios de sistemas judiciales, incluyendo fiscales, defensores, jueces, empleados judiciales, consejos de la magistratura, y empleados y funcionarios de los distintos organismos administrativos”.

 
En su exposición, la jueza de la Cámara porteña abordó “el concepto este de vulnerabilidad” establecido en las 100 Reglas de Brasilia, el cual considera en condición de vulnerabilidad aquellas personas que, por razón de su edad, género, estado físico o mental, o por circunstancias sociales, económicas, étnicas y/o culturales, encuentran especiales dificultades para ejercitar con plenitud ante el sistema de justicia los derechos reconocidos por el ordenamiento jurídico. En lo relativo a los problemas de salud mental, la magistrada los incluyó en las causas que pueden constituir vulnerabilidad ya que pueden limitar la capacidad de la persona para ejercer sus derechos, y subrayó “todos los actores del Poder Judicial deben facilitar la accesibilidad de estas personas al sistema de justicia”.

 
Un punto relevante otorgó la jueza a los procedimientos, resaltando la necesidad de establecer reglas y definir miradas normativas para facilitar el acceso de las personas en condición de vulnerabilidad.
“No es justo hacer una interpretación restrictiva de la normativa para el acceso a la justicia respecto de las personas vulnerables”, subrayó Daniele, instando a que tanto las autoridades como los efectores judiciales “luchen por el cambio de procedimientos” cuando se trata de personas en situación de vulnerabilidad.

 

“Hay que establecer medidas para simplificar y favorecer el acceso a la justicia, pero también se deben establecer medidas de organización de la gestión judicial. La difusión de los conflictos en materia de salud mental y vulnerabilidad es fundamental para el acceso a la justicia. Para la gestión, agilidad, coordinación, actuación interdisciplinaria y proximidad son ejes”, sostuvo la jueza.

 
Centrándose en ejemplos de casos judiciales vinculados a “Salud mental y vulnerabilidad”, tema de su exposición, Daniele relató algunas causas emblemáticas con jurisprudencia de la Cámara como la acción impulsada por profesionales del Hospital Tobar García en reclamo de obras y nombramiento de personal para garantizar un servicio de salud mental adecuado; o las causas encabezadas por la Asesoría Tutelar para que se garantice el derecho a la integridad y la salud física y mental en los hospitales Borda y Moyano.

 
“Todos estos casos tienen una serie de problemas comunes, infraestructura, seguridad, insumos, falta de personal”, dijo Daniele destacando la intervención de la Asesoría Tutelar en estos casos y la jurisprudencia local.

 
Marcando una línea divisoria entre las causas vinculadas a problemas estructurales del servicio de salud mental, y los casos individuales, la jueza destacó las dificultades con las que se encuentra “la persona que está internada por padecimientos de salud mental cuando además tiene el problema de ser pobre, o de no tener un grupo familiar de contención o una vivienda adecuada”.

 
Sobre este punto la camarista explicó los alcances de la justicia local en lo Contencioso Administrativo y Tributario para garantizar el derecho a la vivienda por ejemplo, y la intervención de la justicia nacional en lo Civil necesaria para declarar la insanía y designar un curador para el cuidado de la persona y sus bienes.

 
“Estos procesos están diseminados por materia entre lo contencioso y lo civil, y en jurisdicciones diferentes, entre Nación y Ciudad Autónoma. Esto requiere colaboración interjurisdiccional, difusión, cumplimiento de los tratados internacionales y las reglas de Brasilia, y la sensibilización de los actores judiciales a fin de lograr la eficacia que el acceso a la justicia requiere en casos de vulnerabilidad”, concluyó.

Fotos gentileza del Centro de Formación Judicial