Amparo colectivo por licitación del servicio de transporte ferroviario de superficie y subterráneo

Por el 25 de abril de 2018

La jueza Andrea Danas, titular del Juzgado n.° 9 en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires, dispuso el pasado 19 de abril difundir la existencia y estado procesal del proceso colectivo caratulado “Asociación Civil Observatorio del Derecho a la Ciudad c/ GCBA s/ Amparo – Licitaciones» Expte. Nº 906/2018-0.

El amparo, interpuesto por Jonatan Emanuel Baldiviezo en su carácter de presidente de la Asociación Civil Observatorio del Derecho a la Ciudad, tiene por objeto «que se declare la nulidad e inconstitucionalidad de la Ley Nº 5.885, la que autoriza al Poder Ejecutivo, a través de Subterráneos de Buenos Aires. S.E. («SBASE»), a otorgar bajo el régimen jurídico de concesión de servicios públicos, la operación y mantenimiento del sistema de transporte ferroviario de superficie y subterráneo de la Ciudad». 

Asimismo, el actor solicitó el dictado de una medida cautelar urgente con el objeto de que se ordene a la demandada que no adjudique la licitación pública a realizarse en base a la Ley Nº 5.885, hasta tanto se cumpla con lo establecido en los arts. 82 inciso 5 y 89 inc. 5 de la Constitución de la Ciudad. Paralelamente, requirió que se informe a cada una de las empresas oferentes de la licitación pública referida, que la validez de la concesión se encuentra supeditada a la sentencia de fondo que se dicte en la presente causa.

Por último, la jueza dispuso «otorgar a todas aquellas personas que tengan un interés jurídico relevante en integrar el proceso ya sea como actora o demandada, el plazo de diez (10) días para que se presenten en el expediente, constituyan domicilio y manifiesten lo que por derecho corresponda, bajo apercibimiento de continuar el juicio según su estado, y sin perjuicio de lo previsto en el artículo 84 y ss. del CCAyT».

El plazo indicado comenzará a correr a partir de la última publicación de edictos en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires o de la publicidad efectuada por radiodifusión, lo que ocurra en fecha posterior.-