Edicto del Juzgado n.° 20 en lo Contencioso Administrativo y Tributario

Por el 22 de noviembre de 2017

 

El Juzgado de Primera Instancia Contencioso Administrativo y Tributario N° 20 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sito en avenida Pte. Roque Sáenz Peña 636, 7° piso, a cargo de la Dra. Cecilia Mólica Lourido, Secretaría N° 40, a cargo del Dr. Juan Agustín Cortelezzi, de conformidad con lo previsto en los artículos 129 y 130 del CCAyT y en el marco de los autos Asesoría Tutelar CAyT N°1 c/GCBA y otros s/ amparo – educación – otros” (EXP 34.839/2017-0), “Ordas, Gonzalo Rodrigo c/ GCBA y otros s/ amparo – educación – otros” (EXP 34.734/2017-0) y “Llobet, Valeria Silvana y otros c/ GCBA y otros s/ amparo – educación – otros” (EXP 36.563/2107-0), pone en conocimiento la existencia de los autos de referencia a fin de que todas aquellas personas que tengan un interés jurídico relevante, en el plazo de quince (15) días hábiles, efectúen las presentaciones que estimen pertinentes y manifiesten lo que por derecho corresponda. Los interesados deberán tener en cuenta que los referidos procesos colectivos tramitan como acciones de amparo y el estado en el que se encuentran. Deberán efectuar su presentación sólo en uno de los expedientes, indicando en cuál lo hacen y sin necesidad de replicar el escrito en los otros juicios. Serán rechazadas in límine las presentaciones que reiteren lo ya argumentado en las demandas de los citados juicios y que no importen una contribución sustancial al desarrollo de los procesos por su pertinencia con el objeto de debate y su relevancia para la decisión del caso. Los interesados deberán indicar de modo claro y concreto cuál es su contribución sustancial novedosa. Asimismo, quienes invoquen la representación de un grupo o clase deberán cumplir los recaudos exigidos en el punto II “Demanda” del “Reglamento de Actuación en Procesos Colectivos” aprobado por la acordada 12/CSJN/2016, a excepción de los enunciados en los últimos tres incisos del referido punto II, estos son, los incisos c), d) y e). El plazo de quince (15) días hábiles otorgado para presentarse en cualquiera de los expedientes mencionados comenzará a correr desde la última publicación del edicto en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.-

Se pone en conocimiento que el objeto de los mencionados expedientes se encuentra vinculado a la implementación por parte del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires de la reforma educativa llamada “Secundaria del Futuro”. En las demandas deducidas se solicitó que no se implemente dicha reforma hasta tanto se legisle o se dicte el acto de alcance general que, según se consideró, corresponde; que se brinde toda la información concerniente al programa educativo que pretende llevarse a cabo en las escuelas públicas de educación secundaria de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y que dicha información sea completa, veraz y adecuada en tiempo para lograr el cometido pretendido. Se hace saber que en los referidos expedientes aún no se ha ordenado el traslado de la demanda y, asimismo, que las resoluciones dictadas en razón de las medidas cautelares solicitadas en los autos “Asesoría Tutelar” y “Llobet” se encuentran a conocimiento de la alzada por vía de apelación.

Ciudad Buenos Aires, a los 21 días del mes de noviembre de 2017. Fdo.: Cecilia Mólica Lourido. Juez.-